SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES. (BORME-C-2021-5432)
LAURION FINANCIAL ENTERPRISES, S.L.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 141

Lunes 26 de julio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES

5432

LAURION FINANCIAL ENTERPRISES, S.L.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se
hace público que en la Junta General Extraordinaria de Socios de la compañía
Laurion Financial Enterprises, S.L. (la "Sociedad") celebrada con fecha 9 de julio
del 2021, se adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos:
1. Aprobación del proyecto de traslado internacional del domicilio social de
Laurion Financial Enterprises, S.L., que fue elaborado por el administrador único
de la Sociedad y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 29 de
junio del 2021 y publicado en el BORME número 128 el 7 de julio de 2021, así
como la aprobación del informe del administrador único de fecha 18 de junio del
2021.
2. Traslado del domicilio social de Laurion Financial Enterprises, S.L.,
actualmente sito en Barcelona, Ronda General Mitre, 40, planta 1, 08017, a
Luxemburgo, 63-65, rue de Merl, L-2146, manteniendo su personalidad jurídica, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 93.1 LME.
3. Aprobación del cambio de nacionalidad de la Sociedad a la luxemburguesa,
de conformidad con la legislación aplicable en Luxemburgo.
4. Aprobación de los nuevos estatutos sociales de la Sociedad.
5. Nombramiento del administrador de la Sociedad a los efectos de la
legislación de Luxemburgo.
No contando la Sociedad con trabajadores, se hace constar lo siguiente: a) el
derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los
acuerdos adoptados; b) el derecho de oposición que corresponde a los acreedores
de la Sociedad cuyo crédito hubiera nacido antes de la fecha de la publicación del
proyecto de traslado del domicilio social al extranjero, en los términos establecidos
para la oposición a la fusión en el artículo 44 LME, según dispone el artículo 100
LME. Podrán ejercer este derecho durante el plazo de un mes, contado desde la
fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de aprobación del traslado
internacional del domicilio social.
A efectos de la legislación española, el traslado, así como las modificaciones
estatutarias, surtirán efecto en la fecha en que se haya inscrito la Sociedad en el
Registro Mercantil de su nuevo domicilio.
Barcelona, 9 de julio de 2021.- El Administrador único, Jordi Berini Suñé.
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