SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-5331)
INTRUM JUSTITIA IBÉRICA, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) SEGURIDAD EN LA GESTIÓN, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 138

Miércoles 21 de julio de 2021

Pág. 6582

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5331

INTRUM JUSTITIA IBÉRICA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SEGURIDAD EN LA GESTIÓN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Anuncio de fusión.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril,
sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante,
"LME"), se hace público que, en fecha 15 de julio de 2021, el Socio único de la
sociedad INTRUM JUSTITIA IBÉRICA, S.A.U. ("Sociedad Absorbente"), ha
resuelto aprobar la fusión por absorción mediante la cual la sociedad, SEGURIDAD
EN LA GESTIÓN, S.L.U. ("Sociedad Absorbida"), será disuelta sin liquidación
mediante la transmisión en bloque de todo su patrimonio junto con sus derechos y
obligaciones, a título de sucesión universal, a la Sociedad Absorbente.
Todo ello de conformidad con el proyecto común de fusión de fecha 29 de junio
de 2021, (en adelante, el "Proyecto Común"), redactado por los órganos de
administración de todas las sociedades participantes en la fusión, el cual no ha
sido depositado en el Registro Mercantil de Madrid puesto que, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 42.1 de la LME, se han cumplido con los requisitos
de universalidad y unanimidad en la adopción del acuerdo de fusión por la decisión
de Socio único de la Sociedad Absorbente, no siendo necesario el requisito de
depósito del Proyecto Común en el Registro Mercantil. Se manifiesta que la fusión
se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la LME, por tratarse
de una fusión simplificada, donde la Sociedad Absorbente es titular de la totalidad
de las participaciones de la Sociedad Absorbida. Así mismo, dicho Proyecto
Común ha sido puesto a disposición de todas aquellas partes interesadas en los
correspondientes domicilios sociales de las sociedades. Adicionalmente, se hace
constar que los balances de fusión de ambas sociedades han sido cerrados a
fecha 31 de diciembre de 2020, debidamente aprobados y auditados, siendo la
fecha de efectos contables el 1 de enero de 2021.
De conformidad con el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el
derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la
fusión, a obtener gratuitamente el texto íntegro de las decisiones acordadas y del
balance de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores
en los términos del artículo 44 de la LME.
Madrid, 19 de julio de 2021.- El Secretario no Consejero, Carlos Adolfo Ruiz
Cabrera.

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