SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-5189)
IGH FLAVOURS & TECHNOLOGY, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ASABOR CREACIÓN DE AROMAS Y SABORES, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 133

Miércoles 14 de julio de 2021

Pág. 6403

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5189

IGH FLAVOURS & TECHNOLOGY, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ASABOR CREACIÓN DE AROMAS Y SABORES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Asimismo, las Juntas generales de IGH FLAVOURS & TECHNOLOGY, S.A.U.,
y ASABOR CREACIÓN DE AROMAS Y SABORES, S.L.U., aprobaron acoger la
fusión al régimen tributario especial de neutralidad fiscal previsto para fusiones en
el Capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. A tal efecto,
y según lo previsto en el artículo 89 de la referida Ley, se comunicará la operación
de fusión a la Administración Tributaria en la forma y plazo reglamentariamente
establecidos. Asimismo, se hace constar expresamente (i) el derecho que asiste a
los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el
texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes balances de
fusión, dirigiéndose al domicilio social de cualquiera de las referidas sociedades; y
(ii) el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se
fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la
LME, que podrá ejercitarse por los mismos dentro del plazo de un mes a contar
desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprobó
la fusión.
Alhama de Murcia (Murcia) y Camarena (Toledo), 5 de julio de 2021.- El
Administrador único de IGH Flavours & Technology, S.A.U., Jorge Sánchez
Martínez.- El Administrador único de Asabor Creación de Aromas y Sabores,
S.L.U., José María Martínez Cervera.
ID: A210043436-1

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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

cve: BORME-C-2021-5189
Verificable en https://www.boe.es

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril,
sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace
público que las respectivas Juntas Generales Universales de Socios de IGH
FLAVOURS & TECHNOLOGY, S.A.U., y ASABOR CREACIÓN DE AROMAS Y
SABORES, S.L.U., celebradas ambas el día 30 de junio de 2021, después de
aprobar el Proyecto Común de Fusión redactado, suscrito y aprobado por sus
respectivos órganos de administración el día 7 de junio de 2021 y, como balances
de fusión, los respectivos balances individuales de las cuentas anuales
correspondientes al ejercicio 2020 de cada una de ellas, cerrados a fecha 31 de
diciembre de 2020, aprobaron la fusión por absorción de ASABOR CREACIÓN DE
AROMAS Y SABORES, S.L.U. (sociedad absorbida), por IGH FLAVOURS &
TECHNOLOGY, S.A.U. (sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de la
primera y transmisión en bloque de su patrimonio social a IGH FLAVOURS &
TECHNOLOGY, S.A.U., que, como consecuencia de la fusión, adquirirá tal
patrimonio por sucesión universal en los derechos y obligaciones de ASABOR
CREACIÓN DE AROMAS Y SABORES, S.L.U. Ambas sociedades están
íntegramente participadas por el mismo socio único, por lo que se trata de un
supuesto de fusión entre sociedades gemelas y, en consecuencia, por remisión del
artículo 52.1 de la LME tiene carácter especial de absorción de sociedad
íntegramente participada contemplado en el artículo 49 de la LME. Por tanto, no
son necesarios los informes de los órganos de administración y experto
independiente sobre el proyecto de fusión ni tampoco es necesario adoptar una
ampliación de capital en la sociedad absorbente. En virtud de lo establecido en el
artículo 42 LME no ha sido necesaria la previa publicación ni depósito del proyecto
de fusión, puesto que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por unanimidad en
Junta General de Socios de ambas sociedades celebradas con carácter universal.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958