SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-5185)
AON CONSULTING SERVICES, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) AON MANAGEMENT SOLUTIONS, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 133

Miércoles 14 de julio de 2021

Pág. 6399

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5185

AON CONSULTING SERVICES, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AON MANAGEMENT SOLUTIONS, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Anuncio de fusión.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace
público que los administradores de la Sociedad Absorbente y la Sociedad
Absorbida han suscrito en fecha 30 de junio de 2021, un Proyecto Común de
Fusión Especial por el que se acuerda la fusión de las citadas sociedades
mediante la absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente,
estando, ambas sociedades, íntegramente y de forma directa participadas por Aon
Iberia Correduría de Seguros y Reaseguros, S.A.U., todo ello conforme a los
previsto en los artículos 49 y 51 en relación con el artículo 52 de la Ley 3/2009, de
3 de abril, con transmisión a título universal del patrimonio íntegro de la Sociedad
Absorbida a la Sociedad Absorbente, y disolución sin liquidación de la Sociedad
Absorbida, en los términos y condiciones que se indican en el Proyecto Común de
Fusión Especial suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes,
debidamente depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 1 de julio de
2021, e inscrito el día 5 de julio de 2021.
Se hace constar expresamente el derecho de los accionistas y los acreedores
de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro del acuerdo
de fusión adoptado, así como de los balances de fusión, dirigiéndose al domicilio
social de cualquiera de las Sociedades participantes en la fusión, sito en Madrid,
calle Rosario Pino, 14-16. De igual modo, conforme al artículo 51 de la Ley 3/2009,
de 3 de abril, se reconoce el derecho de los accionistas que representen, al
menos, el uno por ciento del capital social a exigir la celebración de la Junta de la
Sociedad Absorbente para la aprobación de la absorción, así como el derecho de
los acreedores de esa sociedad a oponerse a la fusión en el plazo de un mes
desde la publicación del proyecto en los términos legalmente previstos. Por último,
conforme al artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se reconoce el derecho de
los acreedores que se encuentren en alguno de los supuestos legales, de
oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el
plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de
fusión.
Madrid, 12 de julio de 2021.- El Administrador único de Aon Consulting
Services, S.A.U., Eduardo Dávila Quiroga.- El Administrador único de Aon
Management Solutions, S.A.U., Vicente Ardid Gayo.
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