SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-5161)
INTERCONTINENTAL CONSULTANTS, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) EUROREVISIÓN, S.L.U. PEZ VOLADOR PROPERTIES, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 132

Martes 13 de julio de 2021

Pág. 6370

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5161

INTERCONTINENTAL CONSULTANTS, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EUROREVISIÓN, S.L.U.
PEZ VOLADOR PROPERTIES, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace
público que don Ramiyar Jehangir Panday Panday, accionista/socio y
Administrador único de las sociedades "Intercontinental Consultants, S.A.U.",
"Eurorevision, S.L.U." y "Pez Volador Properties, S.L.U.", ejerciendo las
competencias de la Junta General ha aprobado el día 25 de junio de 2021, la
fusión de "Intercontinental Consultants, S.A.U." (Sociedad absorbente) por
absorción de "Eurorevisión, S.L.U." y "Pez Volador Properties, S.L.U." (Sociedades
absorbidas).
Dicha fusión por absorción se aprobó con las menciones recogidas en el
Proyecto de fusión, redactado y suscrito por los órganos de administración de
ambas sociedades el 10 de junio de 2021, no habiendo sido necesario su depósito
en el Registro Mercantil al haber sido adoptados los acuerdos de fusión de forma
unánime por el accionista único de la Sociedad absorbente, como establece el
artículo 42 de la Ley 3/2009.
Esta operación es una fusión especial, sometida al régimen del art. 52.1, de la
Ley 3/2009, asimilada a la absorción de sociedades íntegramente participadas del
art. 49 de forma directa por el mismo socio (fusión gemelar), por tanto se realizará
mediante la integración de los patrimonios y la disolución sin liquidación de las
sociedades absorbidas, con transmisión en bloque de sus patrimonios sociales a la
sociedad absorbente, la cual adquirirá por sucesión universal todos los derechos y
oligaciones de las sociedades absorbidas. Este proceso de integración se
desarrolla sin aumento del capital ni relación de canje, ni en consecuencia,
intervención de expertos. Tampoco serán necesarios ni los informes de
administración ni de expertos sobre el proyecto de fusión.

Segovia, 30 de junio de 2021.- El Administrador único de las sociedades
intervinientes en la fusión, Ramiyar Jehangir Panday Panday.
ID: A210043405-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

cve: BORME-C-2021-5161
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril,
sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las
sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos
adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de
las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos
establecidos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009, durante el plazo de un mes,
contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958