SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-4348)
HERMANOS PONS, S.L. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) PONS ONDARA, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 110

Viernes 11 de junio de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

4348

HERMANOS PONS, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
PONS ONDARA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo
73.1, ambos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de
las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y
Universal de socios de la sociedad Hermanos Pons, S.L. (sociedad escindida), CIF
B03107414, celebrada el 7 de junio de 2021, aprobó por unanimidad, escindir
parcialmente la Sociedad a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación
que se denominará en aplicación del artículo 408 del Reglamento del Registro
Mercantil "Pons Ondara, S.L." (en adelante Sociedad beneficiaria), de conformidad
con el procedimiento previsto en los artículos 42 y 78 bis LME. en los términos
establecidos en el proyecto de escisión formulado por el órgano de administración
de la sociedad escindida con fecha 4 de junio de 2021, sirviendo de base el
balance cerrado a 31 de diciembre de 2020, formulado a 30 de marzo de 2021 y,
aprobado de forma unánime en fecha 28 de mayo de 2021.
La escisión parcial, no proporcional, implica el traspaso en bloque, por
sucesión universal, de la parte del patrimonio de la Sociedad descrita en el
proyecto mencionado, consistente en una unidad económica autónoma que se
escinde en favor de las Sociedad Beneficiaria; ello mediante la atribución de las
participaciones de las Sociedad Beneficiaria a los socios de la Sociedad Escindida,
de manera no proporcional. Como consecuencia de la escisión parcial la Sociedad
escindida Hermanos Pons, S.L., reducirá su capital social y sus reservas en la
cuantía necesaria, modificando el artículo 5.º de sus Estatutos Sociales. El capital
reducido y su correspondiente prima de asunción, se aporta para constitución de la
sociedad a capital social, atribuyendo la totalidad de las participaciones sociales de
la sociedad beneficiaria de forma no proporcional a los socios de la sociedad, en la
misma proporción que su participación en la sociedad.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace
constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
sociedades participantes en la escisión parcial a solicitar y obtener el texto íntegro
de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión correspondientes en el
domicilio social de las sociedades que participan en la escisión parcial, así como el
derecho de los acreedores de las sociedades que participan en la operación a
oponerse en los términos previstos en el artículo 44 de la LME durante el plazo de
un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio de Escisión
Parcial.
Ondara, 7 de junio de 2021.- Los Administradores solidarios, Valeriano Pons
Arbona y Valeriá Pons Pérez.
ID: A210038191-1

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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 73 de la LME, el acuerdo
de escisión parcial se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar
previamente los documentos exigidos por la Ley, ni han sido necesarios informe de
expertos independientes, al haberse adoptado los acuerdos en Junta Universal y
por unanimidad de la totalidad de los socios con derecho a voto,

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958