SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2021-4137)
SPORT INCA, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 106

Lunes 7 de junio de 2021

Pág. 5178

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
AUMENTO DE CAPITAL

4137

SPORT INCA, S.A.

Comunicación de oferta de suscripción preferente de nuevas acciones.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 304 de la Ley de Sociedades de
Capital, se comunica a los señores accionistas de SPORT INCA, S.A., que la Junta
General de la Sociedad ha acordado en la reunión celebrada en el día 3 de marzo
de 2021, aumentar el capital social en un importe de hasta 166.252 euros,
mediante la creación de 166.252 nuevas acciones, de un valor nominal de un euro
cada una, con iguales derechos y obligaciones que las actualmente existentes,
ordinarias, al portador, acumulables e indivisibles, y numeradas correlativamente
del n.º 1 al n.º 166.252, ambos inclusive.
En relación con el mencionado acuerdo de ampliación de capital se comunica a
los señores accionistas que:
Tienen derecho a asumir un número de acciones proporcional al valor nominal
de las que poseían previamente a la ampliación el capital.
La Junta General ha aprobado que, de acuerdo con lo previsto en el artículo
305.1 de la Ley de Sociedades de Capital la suscripción de las nuevas acciones
debe ser realizada mediante el desembolso de la cantidad correspondiente al valor
nominal de las acciones que se suscriban, dentro del plazo de un mes, a contar
desde la fecha en el que el acuerdo de aumento y apertura del periodo de
suscripción preferente hubiera sido publicado en el Boletín Oficial del Registro
Mercantil, mediante la compensación de créditos vencidos, líquidos y exigibles o
mediante aportaciones dinerarias por transferencia en la cuenta corriente abierta a
nombre de la sociedad, ES43 0081 5586 8100 0103 1805, indicando como
concepto del ingreso "suscripción ampliación de capital" y el nombre o razón social
del accionista suscriptor.

Y en caso de que el aumento de capital no se suscriba íntegramente dentro del
plazo indicado, el Consejo de Administración, en virtud de la delegación de
facultades que se le otorga en este acto por la propia Junta podrá declarar cerrado
el aumento de capital en la cuantía de las suscripciones efectuadas. El Consejo de
Administración queda asimismo autorizado para ejecutar la ampliación de capital y
para dar, nueva redacción al artículo 7 de los Estatutos Sociales de la sociedad.
Las acciones no suscritas en el ejercicio del derecho de suscripción preferente,
serán ofrecidas por el Consejo de Administración a los accionistas que sí lo
hubieren ejercitado, para su suscripción y desembolso durante un nuevo plazo no
superior a quince días, a contar desde la fecha en el que el Consejo de
Administración hubiera comunicado el resultado de la suscripción en primera ronda
y la apertura del segundo periodo de suscripción de las acciones no suscritas en la
primera. Por último, durante los quince días siguientes a la finalización del plazo

cve: BORME-C-2021-4137
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A dichos efectos, los accionistas podrán agrupar las acciones que posean
previamente, con la finalidad de determinar el número de nuevas acciones que
tienen derecho a suscribir. De producirse números decimales al calcular el número
de nuevas acciones a suscribir, las fracciones decimales serán despreciadas,
asignando por tanto a cada accionista el número entero obtenido sin tener en
cuenta las referidas fracciones decimales.