SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-3760)
APM TERMINALS BUSINESS SERVICES SPAIN, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) PORTCAT SEAPORT MANAGEMENT, S.L.U. TCB INVERSIONES PORTUARIAS, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 99

Jueves 27 de mayo de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

3760

APM TERMINALS BUSINESS SERVICES SPAIN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PORTCAT SEAPORT MANAGEMENT, S.L.U.
TCB INVERSIONES PORTUARIAS, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Anuncio de fusión por absorción
Con fecha 5 de mayo del 2021, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 3/
2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles
(la "LME"), el Socio único de Apm Terminals Business Services Spain, S.L.U.
("APMTBSS" o la "Sociedad Absorbente") y de Portcat Seaport Management,
S.L.U. y Tcb Inversiones Portuarias, S.L.U. ("PORCAT"; "TCB IP" o las
"Sociedades Absorbidas") han aprobado (i) el Proyecto Común de Fusión
elaborado por los órganos de administración de dichas compañías, (ii) sus
respectivos Balances de Fusión, y (iii) la operación de fusión en sí misma (ajustada
a los términos y condiciones establecidos en el referido Proyecto Común de
Fusión), por virtud de la cual, APMTBSS absorbe a PORCAT y TCB IP, de suerte
que las Sociedades Absorbidas, como consecuencia de su disolución y extinción
sin liquidación, transmiten su patrimonio social a favor de la Sociedad Absorbente,
la cual adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquéllas
(la "Fusión"). Asimismo, se aprobó que, como consecuencia de la Fusión, se
modifique la denominación de la entidad resultante, que pasará a denominarse
APM Terminals Spain Gateways, S.L.U.
Los socios y acreedores de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades
Absorbidas (conjuntamente, las "Sociedades Intervinientes" e indistintamente la
"Sociedad Interviniente") tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de
aprobación de la Fusión y del Balance de Fusión de las Sociedades Intervinientes
en el domicilio social de aquéllas. En lo menester, se hace constar que los
domicilios sociales de las Sociedades Intervinientes son los siguientes: (i) de la
Sociedad Absorbente: Ronda del Port núm. 233, 08039 Puerto de Barcelona
(Barcelona) y (ii) de las Sociedades Absorbidas: Ronda del Port núm. 233, 08039
Puerto de Barcelona (Barcelona).

Los acreedores y obligacionistas de las Sociedades Intervinientes que tengan
derecho a oponerse a la Fusión con arreglo a lo establecido en el párrafo anterior
podrán ejercitar su derecho en las condiciones que se indican a continuación:
(i) Se deberá remitir una carta por conducto fehaciente a "Secretaría del
Órgano de Administración" de la Sociedad Interviniente en cuestión, a su domicilio
social, siendo válido, a tales efectos, el burofax, en la que se indique lo siguiente:
(a) Los datos identificativos completos del acreedor u obligacionista que esté
ejercitando su derecho de oposición a la Fusión, incluyendo, en el caso de

cve: BORME-C-2021-3760
Verificable en https://www.boe.es

Según lo previsto en el artículo 44 LME, durante el plazo de un (1) mes a
contar desde la fecha de la última publicación de este anuncio, podrán oponerse a
la Fusión los acreedores y, en su caso, obligacionistas de las Sociedades
Intervinientes cuyo crédito hubiese nacido antes de la fecha de publicación de este
anuncio y no estuviese vencido en ese momento, hasta que se les garanticen tales
créditos. No obstante, no gozarán de este derecho los acreedores cuyos créditos
se encuentren ya suficientemente garantizados.