SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-3617)
CONSTRUCCIONES GOIZLAN, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) CONSTRUCCIONES ESNATU, S.L. URBE PISOS, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 98

Miércoles 26 de mayo de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

3617

CONSTRUCCIONES GOIZLAN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CONSTRUCCIONES ESNATU, S.L.
URBE PISOS, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

De acuerdo con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre
Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (LME), se hace público
que el 6 de mayo de 2021, las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de
las sociedades CONSTRUCCIONES GOIZLAN, S.L., CONSTRUCCIONES
ESNATU, S.L. y de URBE PISOS, S.L., acordaron la fusión mediante la absorción
de CONSTRUCCIONES ESNATU, S.L. y de URBE PISOS, S.L., por parte de
CONSTRUCCIONES GOIZLAN, S.L. En consecuencia, se produce la extinción y
disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque
de su patrimonio social a la sociedad absorbente.
Como resultado de esta transmisión la sociedad absorbente adquirirá, por
sucesión universal, todos los derechos y obligaciones que integran el patrimonio
de CONSTRUCCIONES ESNATU, S.L. y de URBE PISOS, S.L., acordándose un
aumento de capital en CONSTRUCCIONES GOIZLAN, S.L., por importe de
707.884,08 euros.
Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al Proyecto común de
fusión formulado por los órganos de administración de ambas sociedades con
fecha 20 de abril de 2021. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la LME,
al haberse adoptado el acuerdo de fusión en Juntas Universales y por unanimidad,
no es necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la
ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto común de fusión.
En virtud de lo previsto en la Norma Foral 2/2014 de 17 de enero, sobre el
Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Gipuzkoa, a esta operación
se le aplicará el régimen fiscal especial regulado en el Capítulo VII del Título VI del
referido texto legal.

Donostia - San Sebastián, 7 de mayo de 2021.- El Representante persona
física de Arizki, S.L. Administrador único de Construcciones Goizlan, S.L.;
Representante persona física de Aztilan Promociones, S.L. Administrador único de
Construcciones Esnatu, S.L. y el Administrador único de Urbe Pisos, S.L, Manuel
Echeveste Oyarzabal, Edurne Miqueo Ayestarán y Manuel Echeveste Oyarzabal
respectivamente.
ID: A210034101-1

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cve: BORME-C-2021-3617
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En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las
sociedades participantes de la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de
fusión adoptado y los balances de fusión, así como el derecho que asiste a los
acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los
términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes,
contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se
aprueba la fusión.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958