SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-2771)
FAURECIA AUTOMOTIVE ESPAÑA, S.A. (SOCIEDAD SEGREGADA) ACOUSTICS & SOFT TRIM OLMEDO, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CONSTITUCIÓN)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 91

Lunes 17 de mayo de 2021

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

2771

FAURECIA AUTOMOTIVE ESPAÑA, S.A.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
ACOUSTICS & SOFT TRIM OLMEDO, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CONSTITUCIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por
remisión expresa del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que el 12
de marzo de 2021, el Consejo de administración de Faurecia Automotive España,
S.A. (la "Sociedad"), aprobó el Proyecto de Segregación de una rama de actividad
de la Sociedad, consistente en el denominado negocio acústico desarrollado en
Olmedo, en la calle La Estación s/n, 47410 Olmedo (Valladolid), constitutivo de una
unidad económica, a favor de una sociedad de responsabilidad limitada de nueva
creación que se denominará "Acoustics & Soft Trim Olmedo, S.L." (la "Sociedad
Beneficiaria"), que adquirirá todos los derechos y obligaciones inherentes a dicha
actividad y que quedará constituida como consecuencia de la ejecución de la
segregación.
El capital social de la Sociedad Beneficiaria ascenderá a tres mil euros
(3.000€), dividido en 3.000 participaciones sociales, iguales, acumulables e
indivisibles de un euro (1 €) de valor nominal cada una, numeradas
correlativamente de 1 a 3.000, ambos inclusive, y será íntegramente asumido y
desembolsado por la Sociedad.
La Sociedad Beneficiaria se constituirá, asimismo, con una prima de asunción
de dos mil quinientos ocho euros con setenta y dos céntimos (2.508,72 €) por
participación social, esto es, un importe total conjunto de siete millones quinientos
veintiséis mil ciento sesenta euros (7.526.160 €). En consecuencia el importe total
del capital social y prima de asunción ascenderá a siete millones quinientos
veintinueve mil ciento sesenta euros (7.529.160 €).
El valor nominal de las participaciones representativas del capital social inicial
de la Sociedad Beneficiaria y el de la prima de asunción correspondiente a estas
serán íntegramente desembolsados en el momento en que la segregación sea
eficaz, en virtud de la aportación del patrimonio segregado a la Sociedad
Beneficiaria, cuyo valor neto patrimonial asciende a 7.529.160 euros, que resulta
de la diferencia entre el total activo y total pasivo indicados en el Proyecto de
Segregación.

Dado que la Sociedad Beneficiaria, como sociedad beneficiaria, será una
sociedad limitada de nueva constitución e íntegramente participada de forma
directa por la Sociedad, resulta aplicable a esta segregación el régimen
simplificado establecido en el artículo 78 bis de la LME, así como en el artículo
49.1 de la LME por remisión de los artículos 73 y 52 de ésta. En consecuencia, no
resultan necesarios para esta segregación (i) un informe de administradores y, en
tanto que la Sociedad Beneficiaria será una sociedad de responsabilidad limitada,
tampoco un informe de expertos sobre el proyecto de segregación (artículos 73 a
76 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con los artículos de la LME ya
citados), (ii) la inclusión en el proyecto de segregación de las menciones 2.ª, 6.ª,

cve: BORME-C-2021-2771
Verificable en https://www.boe.es

Por tanto, el socio fundador de la Sociedad Beneficiaria será Faurecia
Automotive España, S.A., la cual continuará su actividad después de la
segregación del patrimonio segregado.