SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2021-2710)
CEMENTOS MOLINS, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Lunes 17 de mayo de 2021

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vicepresidente primero, del consejero delegado, del secretario no consejero y de la
vicesecretaria primera del consejo de administración, indistintamente. Si, en
relación con alguno de los puntos del orden del día, el accionista que hubiera
otorgado su representación a otra persona no marcase alguna de las casillas
destinadas al efecto, se entenderá que vota expresamente a favor de la
correspondiente propuesta del Consejo de administración. En caso de que en la
Junta general se voten propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de
administración, el representante ejercerá el voto en el sentido que estime más
favorable para los intereses del accionista representado. Se informa que, excepto
el secretario no consejero, el consejo de administración se encuentra en situación
de conflicto de interés respecto de los acuerdos 5, 9, 10 y 11.
Delegación y voto a distancia
De conformidad con lo acordado por el Consejo de administración, los
accionistas con derecho de asistencia podrán delegar o emitir su voto sobre las
propuestas relativas a puntos comprendidos en el orden del día con carácter previo
a la celebración de la junta, por medios de comunicación a distancia, siempre que
se garantice debidamente la identidad de quien ejerza sus derechos de delegación
o voto, así como la seguridad de las correspondientes comunicaciones
electrónicas. El accionista que desee delegar su representación o votar a distancia
debe indicar el sentido de su voto para cada uno de los puntos incluidos en el
orden del día. Tal y como se anticipa en el apartado anterior, si en relación con
alguno de los puntos del orden del día no indica el sentido de su voto, se
entenderá que vota expresamente a favor de las propuestas del consejo de
administración sobre los asuntos incluidos en el orden del día formulado por éste.
En el caso de que en la junta general se voten propuestas de acuerdo no
formuladas por el consejo de administración, el representante ejercerá el voto en el
sentido que estime más favorable para los intereses del accionista representado.
En atención a la situación de crisis sanitaria y con el fin de facilitar la
participación a distancia de aquellos accionistas que así lo deseen, de conformidad
con lo previsto en el artículo 19 de los Estatutos sociales se reputarán válidas las
delegaciones o votos emitidos por medios de comunicación a distancia hasta las
doce del mediodía (12:00) del 29 de junio de 2021. El objeto del citado plazo es
permitir que la Sociedad verifique la condición de accionista de la persona que
delega o vota por medios de comunicación a distancia y el número de acciones de
su propiedad, a cuyos efectos la Sociedad contrastará la información
proporcionada por cada accionista con la que le facilite la entidad encargada del
registro contable de sus acciones. En relación con las delegaciones y votos
emitidos por medios electrónicos, la Sociedad implantará un sistema de fechado
electrónico a través de tercero y con base en una fuente objetiva de certificación
temporal (sistema de sellado horario o time stamping) para acreditar el momento
de la recepción de la delegación o voto electrónico.
Los medios de comunicación válidos para conferir la representación o la
emisión del voto a distancia son los siguientes:
(a) Por correspondencia postal
Para delegar la representación o emitir el voto por correspondencia postal, los
accionistas deberán cumplimentar y firmar la Tarjeta de Delegación o la Tarjeta de
Voto a Distancia, según corresponda, que con este fin la Sociedad publica en su
página web. Una vez cumplimentada y firmada –con firma manuscrita– la Tarjeta
en el apartado correspondiente, el accionista deberá hacerla llegar a la Sociedad,
en su domicilio social (Paseo de la Castellana, 21, 2.º derecha, 28046 Madrid), a la
atención del secretario del consejo de administración de Cementos Molins, S.A.,

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Núm. 91