SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2021-2607)
ALMIRALL, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Viernes 14 de mayo de 2021

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accionista a la dirección inversores@almirall.com que incorpore su firma
electrónica reconocida, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de
diciembre, de firma electrónica, siempre que esté basada en un certificado
electrónico reconocido en relación con el cual no conste su revocación y que haya
sido emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES)
dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
C.- Reglas para el ejercicio del derecho de información previo a la Junta.
Cualquiera que sea el medio que se emplee para la emisión de las solicitudes
de información, la petición del accionista deberá incluir su nombre y apellidos,
acreditando las acciones de las que es titular mediante el oportuno documento copia de la tarjeta de asistencia o certificado de legitimación-, a fin de cotejar esta
información con la facilitada por Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro,
Compensación y Liquidación de Valores, S. A. ("IBERCLEAR"). No obstante lo
anterior, en los casos en que se solicite la información por un medio de
comunicación electrónica a distancia, no será necesario remitir copia de la tarjeta
de asistencia o certificado de legitimación.
Corresponderá al accionista la prueba del envío de la solicitud a la Sociedad en
forma y plazo.
Las peticiones de información se contestarán, una vez comprobada la
identidad y condición de accionista del solicitante, antes de la Junta General
Extraordinaria de Accionistas.
Los administradores están obligados a facilitar la información por escrito, hasta
el día de celebración de la Junta General, salvo en los casos establecidos en la
Ley.
Respecto a los accionistas personas jurídicas, cuando el correo postal sea el
medio de comunicación a distancia empleado para el ejercicio del derecho de
información a distancia previo a la Junta, será necesario remitir a la Sociedad,
junto con el resto de documentación requerida conforme a estas reglas, una copia
de los poderes de la persona física que en nombre y representación de tal
accionista persona jurídica ejercita el derecho de información a distancia.
D.- Ejercicio del derecho de información durante la Junta.
Se regirá por lo establecido al respecto en el apartado 2.1. anterior de este
anuncio.
4. FORO ELECTRÓNICO DE ACCIONISTAS.
En la página web de la Sociedad se habilitará un Foro Electrónico de
Accionistas, al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas
individuales como las asociaciones voluntarias que al amparo de lo previsto en el
artículo 539.4 de la Ley de Sociedades de Capital, puedan constituir, con el fin de
facilitar su comunicación con carácter previo a la celebración de la Junta General,
todo ello en los términos previstos en el referido artículo 539 de la Ley de
Sociedades de Capital.
5. INTERVENCIÓN DE NOTARIO EN LA JUNTA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 203 de la Ley de Sociedades
de Capital, el Consejo de Administración requerirá la presencia de Notario para
que levante Acta de la Junta.

cve: BORME-C-2021-2607
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Núm. 90