SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2021-2596)
ALMIRALL, S.A.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Jueves 13 de mayo de 2021
Pág. 3323
que las acciones de las que derivan y serán negociables en las Bolsas de Valores
de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y en el Sistema de Interconexión Bursátil
español (Mercado Continuo) durante un plazo de 18 días naturales que comenzará
el día hábil bursátil siguiente a la antes indicada last trading date, esto es del 14 al
31 de mayo de 2021 (el "Periodo de Negociación de Derechos"). Este periodo no
será prorrogable. Durante ese mismo periodo los accionistas podrán solicitar la
asignación de las acciones que les correspondan a través de las entidades
participantes en Iberclear, así como solicitar una copia firmada del boletín de
suscripción con el contenido requerido por el artículo 309 de la Ley de Sociedades
de Capital.
6. Compromiso de Compra. Almirall ha asumido un compromiso irrevocable de
compra de los derechos de asignación gratuita recibidos gratuitamente por los
accionistas que hayan adquirido sus respectivas acciones de Almirall no más tarde
del día 13 de mayo de 2021, y que figuren como accionistas en los registros de
Iberclear el 17 de mayo de 2021, que no se extiende a los adquiridos
posteriormente en el mercado por esos accionistas o por terceros (el "Compromiso
de Compra"). En consecuencia, los accionistas titulares de los derechos objeto del
Compromiso de Compra podrán venderlos a Almirall al precio de 0,185 euros por
derecho. El Compromiso de Compra estará vigente y podrá ser aceptado durante
los 11 primeros días naturales del Periodo de Negociación de Derechos.
7. Acciones en depósito. Transcurrido el Periodo de Negociación de Derechos,
las acciones nuevas que no hubieran podido ser asignadas por causas no
imputables a Almirall se mantendrán en depósito a disposición de quienes
acrediten la legítima titularidad de los correspondientes derechos de asignación
gratuita. Transcurridos 3 años desde la fecha de finalización del Periodo de
Negociación de Derechos, las acciones que aún se hallaren pendientes de
asignación podrán ser vendidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 de
la Ley de Sociedades de Capital, por cuenta y riesgo de los interesados. El importe
líquido de la mencionada venta será depositado en el Banco de España o en la
Caja General de Depósitos a disposición de los interesados.
8. Asignación incompleta. El acuerdo de aumento del capital social ha previsto
expresamente la posibilidad de asignación incompleta. En caso de que Almirall
adquiera derechos de asignación gratuita en virtud del Compromiso de Compra,
supuesto para el que está prevista la renuncia por la Compañía a los derechos así
adquiridos, el capital se ampliará en la cuantía correspondiente. Al terminar el
Periodo de Negociación de Derechos, el consejo de administración de Almirall, o
en quien este delegue, procederá a determinar el importe definitivo del aumento de
capital.
9. Desembolso. Como se ha indicado, el desembolso se efectuará en su
totalidad con cargo a la reserva de libre disposición denominada "Reservas
Voluntarias", procedente de beneficios no distribuidos, y se tendrá por producido
en el momento en que el consejo de administración de Almirall, o en quien este
delegue, una vez finalizado el Periodo de Negociación de Derechos, formalice
contablemente la aplicación del saldo de la cuenta reservas voluntarias en la
cuantía definitiva del aumento de capital.
10. Admisión a cotización. Almirall va a solicitar la admisión a cotización de las
nuevas acciones emitidas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y
Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil español (Mercado
Continuo).
cve: BORME-C-2021-2596
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 89
Jueves 13 de mayo de 2021
Pág. 3323
que las acciones de las que derivan y serán negociables en las Bolsas de Valores
de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y en el Sistema de Interconexión Bursátil
español (Mercado Continuo) durante un plazo de 18 días naturales que comenzará
el día hábil bursátil siguiente a la antes indicada last trading date, esto es del 14 al
31 de mayo de 2021 (el "Periodo de Negociación de Derechos"). Este periodo no
será prorrogable. Durante ese mismo periodo los accionistas podrán solicitar la
asignación de las acciones que les correspondan a través de las entidades
participantes en Iberclear, así como solicitar una copia firmada del boletín de
suscripción con el contenido requerido por el artículo 309 de la Ley de Sociedades
de Capital.
6. Compromiso de Compra. Almirall ha asumido un compromiso irrevocable de
compra de los derechos de asignación gratuita recibidos gratuitamente por los
accionistas que hayan adquirido sus respectivas acciones de Almirall no más tarde
del día 13 de mayo de 2021, y que figuren como accionistas en los registros de
Iberclear el 17 de mayo de 2021, que no se extiende a los adquiridos
posteriormente en el mercado por esos accionistas o por terceros (el "Compromiso
de Compra"). En consecuencia, los accionistas titulares de los derechos objeto del
Compromiso de Compra podrán venderlos a Almirall al precio de 0,185 euros por
derecho. El Compromiso de Compra estará vigente y podrá ser aceptado durante
los 11 primeros días naturales del Periodo de Negociación de Derechos.
7. Acciones en depósito. Transcurrido el Periodo de Negociación de Derechos,
las acciones nuevas que no hubieran podido ser asignadas por causas no
imputables a Almirall se mantendrán en depósito a disposición de quienes
acrediten la legítima titularidad de los correspondientes derechos de asignación
gratuita. Transcurridos 3 años desde la fecha de finalización del Periodo de
Negociación de Derechos, las acciones que aún se hallaren pendientes de
asignación podrán ser vendidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 de
la Ley de Sociedades de Capital, por cuenta y riesgo de los interesados. El importe
líquido de la mencionada venta será depositado en el Banco de España o en la
Caja General de Depósitos a disposición de los interesados.
8. Asignación incompleta. El acuerdo de aumento del capital social ha previsto
expresamente la posibilidad de asignación incompleta. En caso de que Almirall
adquiera derechos de asignación gratuita en virtud del Compromiso de Compra,
supuesto para el que está prevista la renuncia por la Compañía a los derechos así
adquiridos, el capital se ampliará en la cuantía correspondiente. Al terminar el
Periodo de Negociación de Derechos, el consejo de administración de Almirall, o
en quien este delegue, procederá a determinar el importe definitivo del aumento de
capital.
9. Desembolso. Como se ha indicado, el desembolso se efectuará en su
totalidad con cargo a la reserva de libre disposición denominada "Reservas
Voluntarias", procedente de beneficios no distribuidos, y se tendrá por producido
en el momento en que el consejo de administración de Almirall, o en quien este
delegue, una vez finalizado el Periodo de Negociación de Derechos, formalice
contablemente la aplicación del saldo de la cuenta reservas voluntarias en la
cuantía definitiva del aumento de capital.
10. Admisión a cotización. Almirall va a solicitar la admisión a cotización de las
nuevas acciones emitidas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y
Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil español (Mercado
Continuo).
cve: BORME-C-2021-2596
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 89