SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2021-2391)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Miércoles 12 de mayo de 2021

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siguiendo las instrucciones establecidas a tales efectos, mediante la utilización de
firma electrónica (Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Fábrica
Nacional de Moneda y Timbre) o Documento Nacional de Identidad electrónico.
- Disposiciones comunes para los medios de comunicación a distancia
La representación es siempre revocable. Como regla general, se tendrá por
válida la última actuación realizada por el accionista antes de la celebración de la
Junta. En todo caso, la asistencia a la Junta General del representado tendrá valor
de revocación de la representación.
Para reputarse válida, la representación conferida por correspondencia postal o
por medios electrónicos habrá de ser recibida en el Departamento de Relaciones
con el Inversor, de conformidad con lo acordado por el Consejo de Administración
de la Sociedad, antes de las diez horas del día 15 de junio de 2021. Las recibidas
con posterioridad se tendrán por no conferidas.
Los documentos que recojan las representaciones para la Junta General
deberán incluir, al menos, las siguientes menciones:
a. Fecha de celebración de la Junta General y el Orden del Día.
b. Identidad del representado y del representante. En caso de no especificarse,
se entenderá que la representación ha sido otorgada a favor del Presidente del
Consejo de Administración, del Consejero Delegado o del Secretario del Consejo
de Administración, indistintamente. En caso de conflicto de intereses se entenderá
conferida a la persona en quien no concurra tal circunstancia.
c. Número de acciones de las que es titular el accionista que otorgue la
representación.
d. Las instrucciones sobre el sentido del voto del accionista que otorga la
representación en cada uno de los puntos del Orden del Día. No obstante, si la
representación hubiera sido válidamente otorgada conforme a la Ley y al
Reglamento de la Junta de Accionistas pero no se incluyeran en la misma
instrucciones para el ejercicio del voto o se suscitaran dudas sobre el destinatario o
el alcance de la representación, se entenderá, salvo indicación expresa en
contrario del accionista, que (i) la delegación se efectúa conforme a lo dispuesto en
el apartado b) anterior; (ii) se refiere a todos los puntos comprendidos en el Orden
del Día de la convocatoria de la Junta General; (iii) el accionista desea que se vote
de forma favorable a todas las propuestas formuladas por el Consejo de
Administración en relación con los puntos comprendidos en el Orden del Día de la
convocatoria; y (iv) respecto a los acuerdos sobre puntos no previstos en el Orden
del Día de la convocatoria, debe entenderse que se autoriza el que puedan ser
tratados en la Junta General de accionistas siempre que así lo permita la Ley y el
representante ejercitará el voto en el sentido que entienda más favorable a los
intereses del representado.
Para que la representación sea válida, el representante deberá aceptar la
representación asistiendo a la Junta, salvo que expresamente manifieste su
voluntad en contra en cuyo caso la representación se entenderá revocada.
El Presidente de la Junta General está facultado para determinar la validez de
las representaciones conferidas y el cumplimiento de los requisitos de asistencia a
la Junta, pudiendo delegar esta función en el Secretario. No obstante lo anterior, la
validez de la representación conferida por medios de comunicación a distancia
queda sujeta a la comprobación de los datos facilitados por el accionista con el
fichero HTITU02 facilitado por Iberclear. En caso de discrepancia en cuanto al
número de acciones comunicado por el accionista que confiere la representación y

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Núm. 88