SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-2368)
ALUSISTEMAS, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) GESTIÓN INMOBILIARIA AYUSO, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 87
Martes 11 de mayo de 2021
Pág. 3033
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
2368
ALUSISTEMAS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GESTIÓN INMOBILIARIA AYUSO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
Fusión por absorción.
Se hace público que el socio único de ALUSISTEMAS, S.L.U. (sociedad
absorbente), adoptó en Junta General Extraordinaria, celebrada con fecha 5 de
mayo de 2021, los acuerdos de fusión mediante la absorción de la entidad
GESTIÓN INMOBILIARIA AYUSO, S.L.U., (sociedad absorbida), con extinción por
disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su
patrimonio a la sociedad absorbente ALUSISTEMAS, S.L.U., que adquiere por
sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de la sociedad
absorbida. Al tratarse de un supuesto de fusión de sociedades íntegramente
participadas por el mismo socio, y haber sido adoptados los acuerdos de fusión de
forma unánime por el 100% del capital social suscrito y con derecho de voto de la
entidad absorbente, es de aplicación a la presente fusión lo dispuesto en los
artículos 42, 49 y 52 de la Ley 3/2009.
El acuerdo de fusión por absorción de la entidad GESTIÓN INMOBILIARIA
AYUSO, S.L.U., por la entidad ALUSISTEMAS, S.L.U., ha tenido como base el
proyecto de fusión suscrito con fecha 4 de mayo de 2021 por los órganos de
administración de las sociedades participantes de la fusión, no habiendo sido
necesario su depósito en el Registro Mercantil de Madrid en aplicación del artículo
42 de la Ley 3/2009 y se ajusta al mismo.
Se anuncia el derecho que asiste a los socios de las sociedades participantes
en la fusión y a los acreedores de las mismas, de obtener el texto íntegro de los
acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho
que corresponde a los acreedores de oponerse a la fusión, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009.
Igualmente se hace constar el derecho, que corresponde a los representantes
de los trabajadores y trabajadores y a los socios de las sociedades participantes de
la fusión, de examinar en el domicilio social de cada sociedad participante de la
fusión, copia los documentos de la fusión a que hace referencia el artículo 39 de la
Ley 3/2009 fusión, así como a obtener la entrega y envío gratuito de los mismos.
Madrid, 5 de mayo de 2021.- En calidad de Consejero Delegado Solidario de
"Alusistemas, S.L.U." y "Gestión Inmobiliaria Ayuso, S.L.U.", José Luis Sebastián
de Frutos.
cve: BORME-C-2021-2368
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210029323-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 87
Martes 11 de mayo de 2021
Pág. 3033
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FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
2368
ALUSISTEMAS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GESTIÓN INMOBILIARIA AYUSO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
Fusión por absorción.
Se hace público que el socio único de ALUSISTEMAS, S.L.U. (sociedad
absorbente), adoptó en Junta General Extraordinaria, celebrada con fecha 5 de
mayo de 2021, los acuerdos de fusión mediante la absorción de la entidad
GESTIÓN INMOBILIARIA AYUSO, S.L.U., (sociedad absorbida), con extinción por
disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su
patrimonio a la sociedad absorbente ALUSISTEMAS, S.L.U., que adquiere por
sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de la sociedad
absorbida. Al tratarse de un supuesto de fusión de sociedades íntegramente
participadas por el mismo socio, y haber sido adoptados los acuerdos de fusión de
forma unánime por el 100% del capital social suscrito y con derecho de voto de la
entidad absorbente, es de aplicación a la presente fusión lo dispuesto en los
artículos 42, 49 y 52 de la Ley 3/2009.
El acuerdo de fusión por absorción de la entidad GESTIÓN INMOBILIARIA
AYUSO, S.L.U., por la entidad ALUSISTEMAS, S.L.U., ha tenido como base el
proyecto de fusión suscrito con fecha 4 de mayo de 2021 por los órganos de
administración de las sociedades participantes de la fusión, no habiendo sido
necesario su depósito en el Registro Mercantil de Madrid en aplicación del artículo
42 de la Ley 3/2009 y se ajusta al mismo.
Se anuncia el derecho que asiste a los socios de las sociedades participantes
en la fusión y a los acreedores de las mismas, de obtener el texto íntegro de los
acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho
que corresponde a los acreedores de oponerse a la fusión, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009.
Igualmente se hace constar el derecho, que corresponde a los representantes
de los trabajadores y trabajadores y a los socios de las sociedades participantes de
la fusión, de examinar en el domicilio social de cada sociedad participante de la
fusión, copia los documentos de la fusión a que hace referencia el artículo 39 de la
Ley 3/2009 fusión, así como a obtener la entrega y envío gratuito de los mismos.
Madrid, 5 de mayo de 2021.- En calidad de Consejero Delegado Solidario de
"Alusistemas, S.L.U." y "Gestión Inmobiliaria Ayuso, S.L.U.", José Luis Sebastián
de Frutos.
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