Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-16021)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Autoridad Portuaria de Melilla, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Universidad de Granada, para la realización de prácticas externas de alumnos de grado y máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104579
En consecuencia, las partes acuerdan la presente adenda, de conformidad a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Las partes firmantes acuerdan modificar el convenio para dar cumplimiento a lo
dispuesto en la nueva disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido
de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, añadiendo la siguiente cláusula:
«Cláusula decimoquinta.
Obligaciones con la Seguridad Social.
– Prácticas extracurriculares. El estudiantado en prácticas que perciba
contraprestación económica, cualquiera que sea el concepto o la forma en que se
perciba, tendrán la condición de asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de
su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, de conformidad con lo
establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los
términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de
las personas que participen en programas de formación. Las obligaciones con la
Seguridad Social (altas, bajas, incidencias y cotización) corresponderán a la Autoridad
Portuaria de Melilla.
– Prácticas curriculares. El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social
corresponderá a la Universidad de Granada, salvo disposición normativa contraria o
acuerdo expreso de las partes.
Quien asuma la condición de empresario deberá comunicar los días efectivos de
prácticas a partir de la información que facilite el centro donde se realice la práctica
formativa. La gestión de las altas y bajas en la Seguridad Social corresponderá al centro
al que corresponda la titulación del estudiantado en prácticas.»
Segunda.
Las partes firmantes acuerdan prorrogar el convenio, cuya vigencia finaliza el 22 de
julio de 2025, por un periodo adicional de cuatro años más, siendo la duración
prorrogada del convenio hasta el 22 de julio de 2029.
Tercera.
De acuerdo con el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente
adenda de modificación y prórroga tendrá efectos a partir de su inscripción en el Registro
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Además
se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
En todo lo demás, el convenio suscrito entre las partes mantiene su vigencia.
Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente adenda
al convenio.–Por la Autoridad Portuaria de Melilla, el Presidente, Manuel Ángel Quevedo
Mateos.–Por la Universidad de Granada, el Vicerrector de Innovación Social,
Empleabilidad y Emprendimiento, Esteban Romero Frías.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-16021
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104579
En consecuencia, las partes acuerdan la presente adenda, de conformidad a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Las partes firmantes acuerdan modificar el convenio para dar cumplimiento a lo
dispuesto en la nueva disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido
de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, añadiendo la siguiente cláusula:
«Cláusula decimoquinta.
Obligaciones con la Seguridad Social.
– Prácticas extracurriculares. El estudiantado en prácticas que perciba
contraprestación económica, cualquiera que sea el concepto o la forma en que se
perciba, tendrán la condición de asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de
su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, de conformidad con lo
establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los
términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de
las personas que participen en programas de formación. Las obligaciones con la
Seguridad Social (altas, bajas, incidencias y cotización) corresponderán a la Autoridad
Portuaria de Melilla.
– Prácticas curriculares. El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social
corresponderá a la Universidad de Granada, salvo disposición normativa contraria o
acuerdo expreso de las partes.
Quien asuma la condición de empresario deberá comunicar los días efectivos de
prácticas a partir de la información que facilite el centro donde se realice la práctica
formativa. La gestión de las altas y bajas en la Seguridad Social corresponderá al centro
al que corresponda la titulación del estudiantado en prácticas.»
Segunda.
Las partes firmantes acuerdan prorrogar el convenio, cuya vigencia finaliza el 22 de
julio de 2025, por un periodo adicional de cuatro años más, siendo la duración
prorrogada del convenio hasta el 22 de julio de 2029.
Tercera.
De acuerdo con el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente
adenda de modificación y prórroga tendrá efectos a partir de su inscripción en el Registro
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Además
se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
En todo lo demás, el convenio suscrito entre las partes mantiene su vigencia.
Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente adenda
al convenio.–Por la Autoridad Portuaria de Melilla, el Presidente, Manuel Ángel Quevedo
Mateos.–Por la Universidad de Granada, el Vicerrector de Innovación Social,
Empleabilidad y Emprendimiento, Esteban Romero Frías.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-16021
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.