Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2025-16016)
Resolución de 29 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias, sobre transferencia de soluciones tecnológicas en materia de justicia.
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104507
6. Se proporcionará la formación a formadores sobre las aplicaciones y/o servicios
objeto de este convenio tanto en su fase inicial como en fases posteriores. También se
incluye la puesta a disposición de los contenidos online de los que disponga el Ministerio
de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en su «Aula en línea», para la
preparación por parte de la Comunidad Autónoma suscribiente de sus propias acciones
formativas.
Cuarta. Disposiciones aplicables en supuesto de derecho de acceso y uso.
En relación con los supuestos de cesión del derecho de acceso y uso, serán de
aplicación las siguientes disposiciones:
1. Los derechos de uso y acceso puestos a disposición de la Comunidad Autónoma
suscribiente previstos en el presente convenio quedarán extinguidos en el caso de que el
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes acuerde discontinuar el
servicio prestado para su propia organización. En este caso, el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes deberá notificar a la Comunidad
Autónoma suscribiente con un plazo de seis meses previa a la extinción del servicio
prestado, para que se pueda buscar una solución alternativa, por parte de la
Administración competente, a través de un nuevo convenio de cesión o de contratación
de una nueva solución técnica.
2. La Comunidad Autónoma suscribiente se compromete a limitar el uso y acceso
por parte de terceros a las aplicaciones, sistemas y soluciones objeto del presente
convenio, sin previo consentimiento del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
3. Así mismo, se exonera de responsabilidad al Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes por el defectuoso funcionamiento de los sistemas en
caso de que no estén funcionando de acuerdo con las funcionalidades, entornos
tecnológicos y demás especificaciones técnicas descritas en el manual técnico.
4. En caso de que la prestación de servicios por parte del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a la Comunidad Autónoma suscribiente
requiera el tratamiento de datos de carácter personal, la Dirección General de
Transformación Digital de la Administración de Justicia actuará como encargada del
tratamiento de los datos personales en los términos reflejados en la disposición
adicional sexta del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero. Cada una de las partes
realizará las actuaciones oportunas con relación a ese tratamiento, la categoría de datos
personales afectados y las obligaciones y responsabilidades que correspondan a cada
una de las partes en cumplimiento de la normativa de protección de datos.
Quinta. Compromisos de las partes.
1. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes se
compromete a:
l. La cesión a la Comunidad Autónoma suscribiente de los/las siguientes sistemas
de la/s aplicación/es/de las soluciones que se hayan seleccionado por la Comunidad
Autónoma suscribiente. Incluye:
a) Poner a disposición las soluciones tecnológicas desarrollados por el Ministerio,
incluyendo la documentación, y en el caso de que no sea una solución en modo servicio,
la cesión código fuente y/o ejecutables.
b) Mantener la titularidad de los derechos de propiedad intelectual de las soluciones
tecnológicas y las actualizaciones realizadas en dichas soluciones.
c) Poner a disposición de la Comunidad Autónoma las últimas versiones e instalar
las modificaciones, actualizaciones o nuevas versiones que deban ser instalados en los
equipos informáticos del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes.
cve: BOE-A-2025-16016
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104507
6. Se proporcionará la formación a formadores sobre las aplicaciones y/o servicios
objeto de este convenio tanto en su fase inicial como en fases posteriores. También se
incluye la puesta a disposición de los contenidos online de los que disponga el Ministerio
de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en su «Aula en línea», para la
preparación por parte de la Comunidad Autónoma suscribiente de sus propias acciones
formativas.
Cuarta. Disposiciones aplicables en supuesto de derecho de acceso y uso.
En relación con los supuestos de cesión del derecho de acceso y uso, serán de
aplicación las siguientes disposiciones:
1. Los derechos de uso y acceso puestos a disposición de la Comunidad Autónoma
suscribiente previstos en el presente convenio quedarán extinguidos en el caso de que el
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes acuerde discontinuar el
servicio prestado para su propia organización. En este caso, el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes deberá notificar a la Comunidad
Autónoma suscribiente con un plazo de seis meses previa a la extinción del servicio
prestado, para que se pueda buscar una solución alternativa, por parte de la
Administración competente, a través de un nuevo convenio de cesión o de contratación
de una nueva solución técnica.
2. La Comunidad Autónoma suscribiente se compromete a limitar el uso y acceso
por parte de terceros a las aplicaciones, sistemas y soluciones objeto del presente
convenio, sin previo consentimiento del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
3. Así mismo, se exonera de responsabilidad al Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes por el defectuoso funcionamiento de los sistemas en
caso de que no estén funcionando de acuerdo con las funcionalidades, entornos
tecnológicos y demás especificaciones técnicas descritas en el manual técnico.
4. En caso de que la prestación de servicios por parte del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a la Comunidad Autónoma suscribiente
requiera el tratamiento de datos de carácter personal, la Dirección General de
Transformación Digital de la Administración de Justicia actuará como encargada del
tratamiento de los datos personales en los términos reflejados en la disposición
adicional sexta del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero. Cada una de las partes
realizará las actuaciones oportunas con relación a ese tratamiento, la categoría de datos
personales afectados y las obligaciones y responsabilidades que correspondan a cada
una de las partes en cumplimiento de la normativa de protección de datos.
Quinta. Compromisos de las partes.
1. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes se
compromete a:
l. La cesión a la Comunidad Autónoma suscribiente de los/las siguientes sistemas
de la/s aplicación/es/de las soluciones que se hayan seleccionado por la Comunidad
Autónoma suscribiente. Incluye:
a) Poner a disposición las soluciones tecnológicas desarrollados por el Ministerio,
incluyendo la documentación, y en el caso de que no sea una solución en modo servicio,
la cesión código fuente y/o ejecutables.
b) Mantener la titularidad de los derechos de propiedad intelectual de las soluciones
tecnológicas y las actualizaciones realizadas en dichas soluciones.
c) Poner a disposición de la Comunidad Autónoma las últimas versiones e instalar
las modificaciones, actualizaciones o nuevas versiones que deban ser instalados en los
equipos informáticos del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes.
cve: BOE-A-2025-16016
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 185