Ministerio de Industria y Turismo. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-16046)
Resolución de 29 de julio de 2025, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se publica el Convenio con la Asociación Nacional de Fabricantes de Bienes de Equipo, en materia de propiedad industrial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104849
Augusto Gómez-Martinho Cruz y, en virtud de las competencias que le atribuye dicho
poder notarial.
EXPONEN
Que la OEPM es el organismo que tiene atribuida, en virtud del artículo 2 de la
Ley 17/1975, de 2 de mayo, sobre creación del Organismo Autónomo Registro de la
Propiedad Industrial y del artículo 2 del Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el
que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas, la actividad administrativa que
corresponde al Estado en materia de propiedad industrial y que es el instrumento de
política tecnológica en este campo. Constituyendo uno de sus fines la difusión de la
información tecnológica contenida en los documentos de patentes, la OEPM está en
condiciones de ofrecer servicios de información tecnológica.
Que Sercobe ostenta la Secretaría Técnica y representación de la Plataforma
Tecnológica Española para la Descarbonización de Sectores Industriales (en adelante,
Green Future Plat), una plataforma tecnológica dedicada a promover la I+D+i entre sus
miembros para buscar soluciones de descarbonización de la industria española, teniendo
en cuenta las hojas de ruta de descarbonización de los sectores industriales.
Que la innovación es un factor determinante para el éxito y consolidación de las
empresas, siendo su protección legal, mediante las distintas modalidades de propiedad
industrial, un elemento indispensable para garantizar al titular derechos exclusivos sobre
ellas e impedir que terceros exploten sus innovaciones, siendo las patentes, además,
potentes herramientas de internacionalización. Conocer los derechos de propiedad
industrial y dotar a sus creaciones de la adecuada protección a través de ellos, permitiría
a Green Future Plat contar con una ventaja diferenciadora, que contribuiría, asimismo, a
satisfacer el requisito de la competitividad internacional.
En virtud de lo cual, las partes convienen en suscribir el presente convenio.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer un marco de cooperación entre la OEPM y
Sercobe, con el fin de facilitar, impulsar y estimular el conocimiento y la utilización de los
derechos de propiedad industrial dentro de Green Future Plat.
Esta colaboración permitirá impulsar la competitividad de la industria española en el
ámbito de la innovación y protección de la misma en el campo de la descarbonización de
la industria.
El convenio permitirá establecer un canal bidireccional de comunicación institucional
entre la OEPM y Sercobe que contribuya a alcanzar los fines mencionados
anteriormente.
Segunda.
Obligaciones de la OEPM.
1. Colaborar en la difusión de los derechos de propiedad industrial a nivel general
para generar un mayor conocimiento en la materia mediante la realización de jornadas
informativas específicas dirigidas a los miembros de Green Future Plat contribuyendo
con ello al desarrollo de este colectivo.
2. Prestar apoyo para formar en gestión de la propiedad industrial a los
profesionales de Green Future Plat. Asimismo, cooperar en la organización de jornadas
formativas con el objeto de dar a conocer el sistema de protección de la propiedad
industrial en sus diversas formas, los servicios de información tecnológica que ofrece la
cve: BOE-A-2025-16046
Verificable en https://www.boe.es
La OEPM se obliga por el presente convenio a la realización de las siguientes
actuaciones:
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104849
Augusto Gómez-Martinho Cruz y, en virtud de las competencias que le atribuye dicho
poder notarial.
EXPONEN
Que la OEPM es el organismo que tiene atribuida, en virtud del artículo 2 de la
Ley 17/1975, de 2 de mayo, sobre creación del Organismo Autónomo Registro de la
Propiedad Industrial y del artículo 2 del Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el
que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas, la actividad administrativa que
corresponde al Estado en materia de propiedad industrial y que es el instrumento de
política tecnológica en este campo. Constituyendo uno de sus fines la difusión de la
información tecnológica contenida en los documentos de patentes, la OEPM está en
condiciones de ofrecer servicios de información tecnológica.
Que Sercobe ostenta la Secretaría Técnica y representación de la Plataforma
Tecnológica Española para la Descarbonización de Sectores Industriales (en adelante,
Green Future Plat), una plataforma tecnológica dedicada a promover la I+D+i entre sus
miembros para buscar soluciones de descarbonización de la industria española, teniendo
en cuenta las hojas de ruta de descarbonización de los sectores industriales.
Que la innovación es un factor determinante para el éxito y consolidación de las
empresas, siendo su protección legal, mediante las distintas modalidades de propiedad
industrial, un elemento indispensable para garantizar al titular derechos exclusivos sobre
ellas e impedir que terceros exploten sus innovaciones, siendo las patentes, además,
potentes herramientas de internacionalización. Conocer los derechos de propiedad
industrial y dotar a sus creaciones de la adecuada protección a través de ellos, permitiría
a Green Future Plat contar con una ventaja diferenciadora, que contribuiría, asimismo, a
satisfacer el requisito de la competitividad internacional.
En virtud de lo cual, las partes convienen en suscribir el presente convenio.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer un marco de cooperación entre la OEPM y
Sercobe, con el fin de facilitar, impulsar y estimular el conocimiento y la utilización de los
derechos de propiedad industrial dentro de Green Future Plat.
Esta colaboración permitirá impulsar la competitividad de la industria española en el
ámbito de la innovación y protección de la misma en el campo de la descarbonización de
la industria.
El convenio permitirá establecer un canal bidireccional de comunicación institucional
entre la OEPM y Sercobe que contribuya a alcanzar los fines mencionados
anteriormente.
Segunda.
Obligaciones de la OEPM.
1. Colaborar en la difusión de los derechos de propiedad industrial a nivel general
para generar un mayor conocimiento en la materia mediante la realización de jornadas
informativas específicas dirigidas a los miembros de Green Future Plat contribuyendo
con ello al desarrollo de este colectivo.
2. Prestar apoyo para formar en gestión de la propiedad industrial a los
profesionales de Green Future Plat. Asimismo, cooperar en la organización de jornadas
formativas con el objeto de dar a conocer el sistema de protección de la propiedad
industrial en sus diversas formas, los servicios de información tecnológica que ofrece la
cve: BOE-A-2025-16046
Verificable en https://www.boe.es
La OEPM se obliga por el presente convenio a la realización de las siguientes
actuaciones: