Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-16018)
Resolución de 28 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado de coordinación de las actuaciones con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista a España».
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Sábado 2 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 104554

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y
EXPONEN
Primero.
La Vuelta Ciclista a España (en adelante, VCE), constituye un acontecimiento
deportivo que, tradicionalmente, despierta un gran interés tanto a nivel nacional como
internacional, con notable asistencia de espectadores a lo largo de todo su recorrido,
siendo objeto igualmente de una amplia cobertura informativa por todos los medios de
comunicación social, tanto españoles como extranjeros.
Su representación en el tráfico rodado y la transcendencia que su normal desarrollo
tiene en el ámbito de las comunicaciones, hace necesario establecer dispositivos de
seguridad que aseguren que el evento deportivo se desarrolle dentro de los cauces de
normalidad.
Estas especiales características no pasan desapercibidas a la Guardia Civil, que
tiene entre sus competencias velar por la seguridad ciudadana, en concordancia con lo
estipulado en el artículo 149.1.29.ª de la Constitución española, y los artículos 11 y 12 de
la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado, y, con el ánimo de garantizar el normal desarrollo de la prueba deportiva, quieren
establecer un conjunto de medidas para atender la cobertura de las demandas
extraordinarias del servicio que se generan con la prestación de un servicio que excede
del horario habitual de trabajo por parte de los miembros de la Guardia Civil.
Con ocasión de la celebración de dicha prueba deportiva, la Dirección General de la
Guardia Civil (en adelante DGGC) y la Dirección de Unipublic, SAU, coinciden en la
necesidad de elaborar un convenio que identifique las actuaciones que estos organismos
deben atender para sufragar las necesidades económicas que genera la participación de
los miembros de la Guardia Civil en la realización y organización de dicho evento
deportivo y, de esta manera, queden asentadas las necesidades organizativas tanto de la
unidad interviniente como de la organización de la prueba.

De otra parte, y dado que no se trata de un catálogo cerrado de necesidades, sino que,
por el contrario, pueden aparecer en sucesivas ediciones de la vuelta ciclista a España
nuevas demandas, o pueden haber quedado desfasadas las actuales, deben igualmente
quedar establecidos los canales adecuados para proceder a la actualización del presente
convenio con la incorporación de las adendas requeridas al efecto, en su caso.
La VCE se lleva a efecto, cada año, con carácter itinerante a lo largo de la geografía
española, con inicios y finales de etapa en diferentes localidades, lo que supone
alojamientos y estancias cambiantes cada día. Asimismo, su duración se extiende a lo
largo de tres semanas de prueba, a los que hay que añadir unas fechas previas de
preparación y otras posteriores para su extinción, tradicionalmente a caballo entre los
meses de agosto y septiembre. Además, el evento aglutina un vasto despliegue de
medios humanos y materiales propios de la Organización, ciclistas y sus equipos,
medios de comunicación, etc., que obligan a una gestión en estrecha coordinación de
todos los participantes.
Esta idiosincrasia particular determina que no sea de aplicación estricta para este
evento la prescripción concerniente al control y orden en los accesos al espacio acotado
de la competición encomendada al personal auxiliar habilitado de la organización,
descrita en el punto 2.º del anexo III.1 de la instrucción 18/TV-101 de 12 de febrero
de 2018 de la Dirección General de Tráfico en la que se recogen las instrucciones
específicas sobre regulación del tráfico en el desarrollo de eventos deportivos en las vías
y terrenos de uso público, estando a lo dispuesto en las diferentes reuniones de
coordinación que se celebren en cada provincia por las que discurren las etapas, y a las

cve: BOE-A-2025-16018
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.