Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Subvenciones. (BOE-A-2025-16017)
Orden PJC/834/2025, de 29 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades de fortalecimiento de la convivencia y prevención de la intolerancia y la discriminación por motivos religiosos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Sábado 2 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 104537

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
Orden PJC/834/2025, de 29 de julio, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones por la Fundación Pluralismo
y Convivencia, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para la
realización de actividades de fortalecimiento de la convivencia y prevención
de la intolerancia y la discriminación por motivos religiosos.

Sobre la garantía del derecho fundamental de libertad religiosa, consagrado en el
artículo 16 de la Constitución española, se asienta un cambio significativo en el perfil
sociológico de la sociedad española producido en las últimas décadas: un proceso de
secularización importante con un porcentaje elevado de personas que se declaran no
creyentes, por un lado, y una creciente diversidad religiosa, por otro. Este cambio social
constituye uno de los elementos característicos de las sociedades modernas y un
síntoma de su vitalidad. Sin embargo, tanto el marco jurídico que regula y protege el
derecho fundamental de libertad religiosa como la diversidad de creencias que
caracteriza nuestra sociedad sigue siendo una realidad poco o mal conocida en España.
Perduran etiquetas, estereotipos y prejuicios sobre las personas creyentes y no
creyentes que afectan negativamente a la calidad de la convivencia social y derivan en
actitudes discriminatorias e intolerantes que en ocasiones pueden llegar a traducirse en
manifestaciones de odio.
El Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y
se modifica el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los
servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal, atribuye en su artículo 1.1
al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes la propuesta y
ejecución de la política del Gobierno en materia de ejercicio del derecho a la libertad
religiosa y de culto, adscribiendo a dicho Ministerio la Fundación Pluralismo y
Convivencia, F.S.P. (la Fundación, en adelante) a través de la Dirección General de
Libertad Religiosa, dependiente de la Subsecretaría.
En virtud del artículo 9.2 de la Constitución española, que encomienda a los poderes
públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los
grupos en que se integra sean reales y efectivas, la Fundación tiene como fin
fundacional contribuir a la ejecución de programas y proyectos de carácter cultural,
educativo, social y de promoción de las condiciones necesarias para el ejercicio efectivo
del derecho de libertad religiosa por parte de las confesiones no católicas con acuerdo
de cooperación con el Estado español o con notorio arraigo en España, así como la
ejecución y promoción de actividades relacionadas con la investigación, la sensibilización
y el asesoramiento en la gestión de la diversidad religiosa, según establecen los
artículos 1 y 7.1 de sus Estatutos, aprobados por Real Decreto 45/2021, de 26 de enero.
Para la consecución de estos objetivos, la instrumentación de ayudas por parte de
los poderes públicos se muestra como una herramienta útil y eficaz.
De este modo, la Fundación persigue mejorar el conocimiento de la diversidad
religiosa y de aquellos elementos asociados a ella que influyen en un sentido o en otro
en la convivencia, apoyando iniciativas orientadas a promover el ejercicio efectivo del
derecho de libertad religiosa y a fomentar el diálogo, la convivencia y la lucha contra la
intolerancia y el discurso de odio por motivo de religión.

cve: BOE-A-2025-16017
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