Ministerio de Defensa. I. Disposiciones generales. Formación militar. (BOE-A-2025-15987)
Orden DEF/831/2025, de 29 de julio, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a la Escala de Suboficiales del Cuerpo General de la Armada y del Cuerpo de Infantería de Marina, mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación previa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Curso 3.º
Sec. I. Pág. 104414
Centro: EIMGAF
Módulo
Código
Carácter
OFAS4
T
Administración.
ESFIFM1
T
Seguridad.
ESFIFM8
P
Idioma Extranjero Inglés.
Artículo 4. Distribución temporal del plan de estudios en horas por tipos de módulos y
cursos.
El máximo tiempo del currículo, cuando para el ingreso no se exija la titulación de
técnico superior, será de 3.000 horas a desarrollar en tres cursos académicos.
En los periodos de tiempo en que las enseñanzas conducentes a la obtención del
título de técnico superior sean prioritarias sobre cualquier otra actividad, se podrán
dedicar, como máximo, cinco horas semanales a actividades relacionadas con la práctica
de la formación física y el orden cerrado, entendido este último como la preparación de
actos y ceremonias militares, que no computarán en la carga lectiva asignada a la
formación militar.
La carga asociada al currículo, en horas lectivas, es la que a continuación se expresa
para cada especialidad fundamental:
1.
Especialidad Fundamental de Administración (ADS).
Tipo de módulos
Curso 1.º
Curso 2.º
Curso 3.º
Total
Obligatorios.
400 h. Computan 275 h.(1) + 185 h. Computan 40 h.(1) +
6 semanas de I+A.
10 semanas de I+A.
375 h. Computan 265 h.
(1)
+ 7 semanas de I+A.
960 h. Solo computan 580
h.(1) + 23 semanas de I
+A(2).
Específicos.
70 h.
20 h.
90 h.
610 h.
850 h.
Especialidad fundamental.
Profesionales.
Total PLAEST.
–
–
240 h.
740 h.
730 h.
–
2.000 h.(3) (4)
1.085 h. + 6 semanas de I
+A.
1.010 h. + 10 semanas de I
2.990 h. + 23 semanas de I
895 h. + 7 semanas de I+A.
+A.
+A.
cve: BOE-A-2025-15987
Verificable en https://www.boe.es
(1)
Conforme artículo 13.a) de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración
mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y
estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado.
(2)
Este módulo incluirá el periodo de formación empresa que determine la Orden EFD por la que se adaptan ciertos aspectos del Sistema de Formación
Profesional para su pleno desarrollo en el sistema de enseñanza del Ministerio de Defensa.
(3)
Este número de horas, es el que conforma la duración establecida de cada ciclo formativo, según lo determinado en cada real decreto por el que se
establece cada título de Técnico Superior y se fijan sus enseñanzas mínimas.
(4)
A los efectos de esta tabla, para el cómputo definitivo, únicamente se tendrán en cuenta las horas dedicadas a la impartición directa de docencia de los
módulos profesionales.
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Curso 3.º
Sec. I. Pág. 104414
Centro: EIMGAF
Módulo
Código
Carácter
OFAS4
T
Administración.
ESFIFM1
T
Seguridad.
ESFIFM8
P
Idioma Extranjero Inglés.
Artículo 4. Distribución temporal del plan de estudios en horas por tipos de módulos y
cursos.
El máximo tiempo del currículo, cuando para el ingreso no se exija la titulación de
técnico superior, será de 3.000 horas a desarrollar en tres cursos académicos.
En los periodos de tiempo en que las enseñanzas conducentes a la obtención del
título de técnico superior sean prioritarias sobre cualquier otra actividad, se podrán
dedicar, como máximo, cinco horas semanales a actividades relacionadas con la práctica
de la formación física y el orden cerrado, entendido este último como la preparación de
actos y ceremonias militares, que no computarán en la carga lectiva asignada a la
formación militar.
La carga asociada al currículo, en horas lectivas, es la que a continuación se expresa
para cada especialidad fundamental:
1.
Especialidad Fundamental de Administración (ADS).
Tipo de módulos
Curso 1.º
Curso 2.º
Curso 3.º
Total
Obligatorios.
400 h. Computan 275 h.(1) + 185 h. Computan 40 h.(1) +
6 semanas de I+A.
10 semanas de I+A.
375 h. Computan 265 h.
(1)
+ 7 semanas de I+A.
960 h. Solo computan 580
h.(1) + 23 semanas de I
+A(2).
Específicos.
70 h.
20 h.
90 h.
610 h.
850 h.
Especialidad fundamental.
Profesionales.
Total PLAEST.
–
–
240 h.
740 h.
730 h.
–
2.000 h.(3) (4)
1.085 h. + 6 semanas de I
+A.
1.010 h. + 10 semanas de I
2.990 h. + 23 semanas de I
895 h. + 7 semanas de I+A.
+A.
+A.
cve: BOE-A-2025-15987
Verificable en https://www.boe.es
(1)
Conforme artículo 13.a) de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración
mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y
estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado.
(2)
Este módulo incluirá el periodo de formación empresa que determine la Orden EFD por la que se adaptan ciertos aspectos del Sistema de Formación
Profesional para su pleno desarrollo en el sistema de enseñanza del Ministerio de Defensa.
(3)
Este número de horas, es el que conforma la duración establecida de cada ciclo formativo, según lo determinado en cada real decreto por el que se
establece cada título de Técnico Superior y se fijan sus enseñanzas mínimas.
(4)
A los efectos de esta tabla, para el cómputo definitivo, únicamente se tendrán en cuenta las horas dedicadas a la impartición directa de docencia de los
módulos profesionales.