Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Gestores Administrativos. (BOE-A-2025-15928)
Resolución de 7 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan pruebas de aptitud para acceso a la profesión de Gestor Administrativo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183

Jueves 31 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 103750

f) En su caso, copia autentica del título oficial de Máster Universitario en Gestión
Administrativa o bien la certificación supletoria provisional que goce de idéntico valor
jurídico que aquél y que incorpore el Registro Nacional de Titulados Universitarios
Oficiales firmada por el Rector.
g) Justificante del abono de la tasa para la expedición del Título de Gestor
Administrativo.
2. El Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores
Administrativos de España examinará la documentación presentada y propondrá a la
Secretaría de Estado de Función Pública la expedición del Título Oficial de Gestor
Administrativo en favor de los solicitantes que hayan superado las pruebas de aptitud y
reúnan todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria. El Ministerio para
la Transformación Digital y de la Función Pública o Ministerio de adscripción de la
profesión expedirá el Título Oficial de Gestor Administrativo de acuerdo a lo establecido
en el artículo 12 del Real Decreto 424/1963, de 1 de marzo, por el que se aprueba el
Estatuto Orgánico de la profesión de Gestor Administrativo.
Las personas que estén en posesión de un título oficial de Máster Universitario en
Gestión Administrativa reconocido por el Consejo General de Colegios Oficiales de
Gestores Administrativos de España podrán solicitar la expedición del título profesional en
cualquier momento, acompañando el resto de los documentos indicados en el apartado
anterior y sustituyendo la calificación de apto por el documento que acredite el título.
La Presidencia del Consejo resolverá dichas solicitudes en virtud del correspondiente
informe de comprobación y del preceptivo cotejo, por parte de la Secretaría del Consejo,
de la documentación aportada por solicitante. En el caso de resolución positiva, expedirá
el correspondiente Título.
Decimotercera.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre
hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el
artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Directiva Comunitaria 2006/54/CE, de 9 de
julio, de aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre
hombres y mujeres, en asuntos de empleo y ocupación.

cve: BOE-A-2025-15928
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Madrid, 7 de junio de 2025.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Clara
Mapelli Marchena.