Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15918)
Resolución de 11 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico FV Vizmalo, de 113,016 MW de potencia instalada, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Palencia y Burgos».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183

Jueves 31 de julio de 2025

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Por otro lado, la infraestructura de evacuación consiste en una línea de evacuación
soterrada de 220 kV y 1,4 km de longitud ubicada en el término municipal de Vallejera
que parte de la subestación eléctrica «Vizmalo», donde se elevará la tensión de 30 kV
a 220 kV, hasta la subestación «Los Páramos» que no es objeto de este procedimiento
de evaluación ambiental. Desde la subestación de «Los Páramos» se evacuará la
energía en la subestación de la red de transporte «SET Vallejera» lo que tampoco es
objeto de este procedimiento.
Además, el proyecto incluye la instalación de cuatro compensadores síncronos y un
vallado perimetral de tipo cinegético.
2.

Tramitación del procedimiento

Mediante Resolución 8 de abril de 2024, la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto y determina
su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinario, conforme a lo previsto
en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
En virtud de los artículos 36 y 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, el órgano sustantivo publica el anuncio de la información pública en el BOE de 3
de octubre de 2024, en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos de 14 de octubre de 2024,
en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia de 9 de octubre de 2024 y realiza las
consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas. El
resultado de ambos trámites se resume en el anexo de la presente resolución.
Con fecha 5 de marzo de 2025, tiene entrada en esta Dirección General el
expediente para inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria.
Tras su análisis, con fecha 4 de abril de 2025, se requiere una subsanación formal, de
acuerdo con el artículo 40.1 de la Ley de evaluación ambiental, con el objetivo de aclarar
las versiones definitivas de la documentación remitida por el promotor, cuya respuesta es
remitida con fecha 23 de abril de 2025.
Asimismo, se realiza requerimiento del informe preceptivo con fecha 4 de abril
de 2025, de acuerdo con el artículo 40.2 de la Ley de evaluación ambiental, de la
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal y de la Dirección General de
Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental, ambas de la Junta de Castilla y León, cuyas
respuestas son remitidas con fecha 10 de abril de 2025 y 11 de junio de 2025,
respectivamente.
El 9 de mayo de 2025, se requiere información adicional al promotor, de acuerdo con
el artículo 40.3 de la Ley de evaluación ambiental, la cual es remitida el 29 de mayo
de 2025, contemplando la configuración final del proyecto tras las modificaciones
originadas durante la información pública y consultas.
3. Análisis técnico del expediente
Análisis de alternativas.

El estudio de impacto ambiental plantea dos alternativas de ubicación (la
alternativa 1 y la alternativa 2), así como la alternativa 0 o de no actuación, la cual es
descartada por el promotor por considerar que los beneficios de la implantación serán
mayores que los beneficios de no ejecución del proyecto. La alternativa 1 se localiza
a 800 m del municipio más cercano (Vallejera) y supone una ocupación de 29 parcelas
catastrales en los términos municipales de Vallejera y Palenzuela, y una LSMT con una
longitud de 9.367,04 m. Adicionalmente, tras considerar los cambios introducidos tras el
proceso de información pública y consultas a los organismos afectados, el promotor
plantea una versión modificada de la alternativa 1, que se corresponde con la
alternativa 1* y que mantiene la ubicación de la alternativa original, pero, supone una
ocupación de 26 parcelas catastrales y una LSMT con una longitud de 12.394,18 m. La
alternativa 2 se localiza a 500 m del municipio más cercano (Vallejera), al noreste de la
alternativa 1 y 1*.

cve: BOE-A-2025-15918
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