Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Pesca marítima. (BOE-A-2025-15820)
Resolución de 28 de julio de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la que se resuelve la convocatoria de días adicionales de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2025 como consecuencia de la aplicación de medidas voluntarias, publicada mediante Resolución de 4 de junio de 2025, de la Secretaría General de Pesca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182
Miércoles 30 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 102986
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Resolución de 28 de julio de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se resuelve la convocatoria de días adicionales de pesca para la flota de
arrastre de fondo del Mediterráneo en 2025 como consecuencia de la
aplicación de medidas voluntarias, publicada mediante Resolución de 4 de
junio de 2025, de la Secretaría General de Pesca.
La Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se publica para 2025 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de
buques de arrastre de fondo del Mediterráneo establece la asignación del 90 % de los
días atribuidos a España para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2025.
La Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión
para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo,
desarrolla, en su artículo 5, el modelo de asignación de esfuerzo pesquero entre los
buques de la flota española de arrastre de fondo del Mediterráneo. Esta orden ha sido
modificada en 2025 por la Orden APA/312/2025, de 31 de marzo. Entre sus principales
novedades, se establece una modificación en la asignación de los días de pesca, con el
principal objetivo de favorecer a aquellos buques que implementen el uso de dispositivos
de arrastre con puertas voladoras, mediante la asignación de un 3 % de los días
atribuidos al Reino de España. Así, en su artículo 5.3.d) establece que un 3 % de los
días totales asignados al Reino de España anualmente se empleará para incentivar el
uso de dispositivos de arrastre con puertas voladoras.
Para participar en el reparto de este 3 %, los armadores de los buques interesados
deben presentar a la Dirección General de Pesca Sostenible a través de la sede
electrónica, una declaración responsable en la que se comprometan a utilizar un
dispositivo de arrastre con puertas voladoras a una determinada fecha en cada año.
Dicho porcentaje se asignará linealmente, en cada tramo de eslora y tipo de pesquería
de arrastre, costera o profundidad, entre aquellos buques que hubiesen presentado la
declaración responsable.
En cumplimiento de lo anterior, para poder realizar el reparto de los días adicionales
asociados al compromiso de uso de puertas voladoras, se ha publicado recientemente la
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la que se
convocan días adicionales de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo
en 2025 como consecuencia de la aplicación de medidas voluntarias, estableciéndose un
plazo para presentar solicitudes, junto con la correspondiente declaración responsable,
de quince días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente
resolución en el «Boletín Oficial del Estado», plazo que ha concluido el día 25 de junio
de 2025.
Una vez terminado el plazo establecido para presentar solicitudes, y analizadas las
mismas, se ha procedido a la asignación de los días entre los interesados que cumplen
con los requisitos exigidos.
Por todo lo expuesto, la Secretaria General de Pesca, oído el sector, resuelve:
Primero.
Asignar los 2.201 días correspondientes al 3 % de los días de pesca atribuidos a
España para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2025 como consecuencia
de la aplicación de medidas voluntarias a aquellos buques que, habiéndolo solicitado,
cumplen todos los requisitos exigidos para resultar beneficiarios de días adicionales. En
concreto, se asignan días adicionales a 192 buques por el uso de puertas voladoras. Los
cve: BOE-A-2025-15820
Verificable en https://www.boe.es
15820
Núm. 182
Miércoles 30 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 102986
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Resolución de 28 de julio de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se resuelve la convocatoria de días adicionales de pesca para la flota de
arrastre de fondo del Mediterráneo en 2025 como consecuencia de la
aplicación de medidas voluntarias, publicada mediante Resolución de 4 de
junio de 2025, de la Secretaría General de Pesca.
La Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se publica para 2025 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de
buques de arrastre de fondo del Mediterráneo establece la asignación del 90 % de los
días atribuidos a España para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2025.
La Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión
para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo,
desarrolla, en su artículo 5, el modelo de asignación de esfuerzo pesquero entre los
buques de la flota española de arrastre de fondo del Mediterráneo. Esta orden ha sido
modificada en 2025 por la Orden APA/312/2025, de 31 de marzo. Entre sus principales
novedades, se establece una modificación en la asignación de los días de pesca, con el
principal objetivo de favorecer a aquellos buques que implementen el uso de dispositivos
de arrastre con puertas voladoras, mediante la asignación de un 3 % de los días
atribuidos al Reino de España. Así, en su artículo 5.3.d) establece que un 3 % de los
días totales asignados al Reino de España anualmente se empleará para incentivar el
uso de dispositivos de arrastre con puertas voladoras.
Para participar en el reparto de este 3 %, los armadores de los buques interesados
deben presentar a la Dirección General de Pesca Sostenible a través de la sede
electrónica, una declaración responsable en la que se comprometan a utilizar un
dispositivo de arrastre con puertas voladoras a una determinada fecha en cada año.
Dicho porcentaje se asignará linealmente, en cada tramo de eslora y tipo de pesquería
de arrastre, costera o profundidad, entre aquellos buques que hubiesen presentado la
declaración responsable.
En cumplimiento de lo anterior, para poder realizar el reparto de los días adicionales
asociados al compromiso de uso de puertas voladoras, se ha publicado recientemente la
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la que se
convocan días adicionales de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo
en 2025 como consecuencia de la aplicación de medidas voluntarias, estableciéndose un
plazo para presentar solicitudes, junto con la correspondiente declaración responsable,
de quince días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente
resolución en el «Boletín Oficial del Estado», plazo que ha concluido el día 25 de junio
de 2025.
Una vez terminado el plazo establecido para presentar solicitudes, y analizadas las
mismas, se ha procedido a la asignación de los días entre los interesados que cumplen
con los requisitos exigidos.
Por todo lo expuesto, la Secretaria General de Pesca, oído el sector, resuelve:
Primero.
Asignar los 2.201 días correspondientes al 3 % de los días de pesca atribuidos a
España para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2025 como consecuencia
de la aplicación de medidas voluntarias a aquellos buques que, habiéndolo solicitado,
cumplen todos los requisitos exigidos para resultar beneficiarios de días adicionales. En
concreto, se asignan días adicionales a 192 buques por el uso de puertas voladoras. Los
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