Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2025-15809)
Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad de Murcia, para la realización de prácticas académicas externas de sus estudiantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Miércoles 30 de julio de 2025
Sexta.

Sec. III. Pág. 102724

Seguros.

El estudiante, bien a través del seguro escolar y/o suplemento correspondiente al
mismo, bien a través de los seguros contratados por el propio estudiante o por la
Universidad, a tal efecto, deberá estar cubierto para la contingencia de enfermedad y
accidentes, que incluya asistencia sanitaria, así como cobertura por responsabilidad civil
(o garantía financiera equivalente) y con un seguro multiasistencia de viaje para aquellos
estudiantes que realicen prácticas fuera de su territorio nacional. Dichos seguros
extenderán su vigencia al lugar donde los estudiantes realicen las prácticas.
Para la realización de las prácticas será necesario que el estudiante haya obtenido
los permisos necesarios para su entrada y permanencia en el país donde hayan de
realizarse las mismas, cuando su legislación así lo requiera.
Séptima. Duración de las prácticas.
Las prácticas curriculares tendrán la duración que establezca el plan de estudios
correspondiente.
Las prácticas extracurriculares tendrán una duración preferentemente no superior al
cincuenta por ciento del curso académico.
Octava.

Financiación.

Este convenio no implica la transferencia de recursos económicos entre las partes ni
ningún tipo de gastos para el Instituto Cervantes.
El cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social con arreglo a la
disposición adicional quincuagésima segunda apartado 4.º letra b) del texto refundido de
la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre, corresponderá a la Universidad en la que los alumnos cursan estudios.
Confidencialidad y protección de datos de carácter personal.

Ambas partes se comprometen a guardar absoluta confidencialidad sobre la totalidad
de los datos, informaciones y documentación de todo tipo facilitados para el
cumplimiento del presente convenio, así como al estricto cumplimiento de lo establecido
en el Reglamento UE 679/2016 General de Protección de Datos, en cualquier otra
normativa de Protección de Datos de Carácter Personal aplicable en el país donde los
alumnos realicen las prácticas, y resto de legislación vigente y en particular en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Las entidades firmantes del convenio tendrán la consideración de responsables de
tratamiento de los datos de carácter personal recogidos en este acuerdo y en sus anejos,
así como de cualquier otro dato personal del que se tenga conocimiento como
consecuencia del desarrollo del mismo.
Los firmantes que actúan en nombre y representación de cada una de las partes,
responsables del tratamiento, quedan informados, al igual que se informará a las
personas identificadas como contacto a cualquier fin, de que los datos de carácter
personal que faciliten en virtud del presente convenio (datos identificativos, de contacto,
de firma, así como los que puedan figurar en la documentación acreditativa de su
representación) o aquellos otros que pudieran proporcionar con posterioridad, serán
tratados por cada una de las partes con la finalidad de tramitar en lo necesario la
suscripción del presente convenio, así como para gestionar el mantenimiento,
cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en el mismo, esto es, la
correcta gestión de las prácticas que realizarán los alumnos, y para el cumplimiento de
sus respectivas obligaciones legales.
No se comunicarán los datos personales a terceros salvo obligación legal a otros
organismos y administraciones pública. Los datos se conservarán durante el tiempo
necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las

cve: BOE-A-2025-15809
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Novena.