Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-15750)
Real Decreto 687/2025, de 29 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundació Barcelona Mobile World Capital Foundation.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 102547
encargada de la organización de Barcelona Mobile World Capital y su programa de
actuación. Los patronos institucionales de la Fundación son el Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública, Red.es, la Generalitat de Cataluña, el
Ayuntamiento de Barcelona, Fira Internacional de Barcelona y GSMA. La Fundación se
rige por la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña,
relativo a las personas jurídicas.
La financiación del evento se instrumenta mediante transferencias nominativas a la
Fundación, realizadas anualmente desde el año 2013 por las tres administraciones
públicas integrantes del patronato. En julio de 2020, el Host City Party Agreement
(HCPA), a través de su Enmienda 2, estableció una aportación anual de 9,5 millones de
euros hasta 2024. Posteriormente, con la Enmienda 3 del HCPA, se extendió la vigencia
del acuerdo hasta 2030, asegurando la estabilidad del MWC en Barcelona.
En este contexto, las tres administraciones públicas integrantes del patronato
(Ajuntament de Barcelona, Generalitat de Catalunya y Administración General del
Estado), en virtud del Acuerdo de Aportaciones al amparo del HCPA, reconocen la
necesidad de incrementar sus contribuciones anuales a la Fundación a partir del
año 2025, pasando de 5.000.000 euros a 8.000.000 euros cada una, alcanzando un total
de 24 millones de euros anuales. Estas aportaciones se destinarán tanto al pago previsto
en la Enmienda número 3 del HCPA como a las necesidades operativas de la Fundación.
Asimismo, conforme a la adenda del acuerdo, la Fundación continuará aportando a
GSMA una contribución anual incrementada a 18 millones de euros para el
periodo 2025-2030.
Por estas razones, concurren circunstancias de interés público, social y económico
suficientes que justifican la concesión directa de una subvención a la Fundación,
destinada a garantizar la continuidad del MWC en Barcelona, reforzar la estrategia de
digitalización y promover la innovación y el emprendimiento digital. La aportación del
estado pasa de 5 a 8 millones de euros anuales, conforme a la enmienda 3 del HCPA,
con el objetivo de sostener el desarrollo del evento y su impacto estratégico para
España.
Este real decreto se elabora en alineación con la Agenda España digital 2026 y la
Estrategia para la Década Digital Europea, con el fin de avanzar en la transformación
digital del país. Asimismo, la norma cumple con los principios de buena regulación
establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el
artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas:
a) Necesidad y eficacia, al ser el instrumento normativo imprescindible para
articular la conexión directa de una subvención que da cumplimiento a compromisos
institucionales adquiridos, garantizando la continuidad del Mobile World Congress y su
impacto estratégico en la transformación digital de España.
b) Proporcionalidad, porque la norma contiene la regulación estrictamente
necesaria para alcanzar su objetivo, sin imponer cargas o requisitos innecesarios a la
entidad beneficiaria.
c) Seguridad jurídica, al encajar coherentemente en el marco normativo nacional
sobre subvenciones y planificación estratégica digital, y respetar los acuerdos
internacionales vigentes.
d) Transparencia, porque se justifica con claridad el interés público que motiva la
concesión directa, se identifica a la entidad beneficiaria, y se ha sometido al
procedimiento interno ordinario de aprobación normativa.
e) Eficiencia, ya que no impone cargas administrativas adicionales, utiliza canales
de tramitación electrónicos y optimiza la gestión de recursos públicos en un ámbito de
alta rentabilidad económica y social para el país.
La financiación de esta subvención se realizará con cargo al presupuesto de gastos
del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública para el
ejercicio 2025, asignado a la aplicación presupuestaria 33.04.467I.768, destinada a
cve: BOE-A-2025-15750
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 182
Miércoles 30 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 102547
encargada de la organización de Barcelona Mobile World Capital y su programa de
actuación. Los patronos institucionales de la Fundación son el Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública, Red.es, la Generalitat de Cataluña, el
Ayuntamiento de Barcelona, Fira Internacional de Barcelona y GSMA. La Fundación se
rige por la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña,
relativo a las personas jurídicas.
La financiación del evento se instrumenta mediante transferencias nominativas a la
Fundación, realizadas anualmente desde el año 2013 por las tres administraciones
públicas integrantes del patronato. En julio de 2020, el Host City Party Agreement
(HCPA), a través de su Enmienda 2, estableció una aportación anual de 9,5 millones de
euros hasta 2024. Posteriormente, con la Enmienda 3 del HCPA, se extendió la vigencia
del acuerdo hasta 2030, asegurando la estabilidad del MWC en Barcelona.
En este contexto, las tres administraciones públicas integrantes del patronato
(Ajuntament de Barcelona, Generalitat de Catalunya y Administración General del
Estado), en virtud del Acuerdo de Aportaciones al amparo del HCPA, reconocen la
necesidad de incrementar sus contribuciones anuales a la Fundación a partir del
año 2025, pasando de 5.000.000 euros a 8.000.000 euros cada una, alcanzando un total
de 24 millones de euros anuales. Estas aportaciones se destinarán tanto al pago previsto
en la Enmienda número 3 del HCPA como a las necesidades operativas de la Fundación.
Asimismo, conforme a la adenda del acuerdo, la Fundación continuará aportando a
GSMA una contribución anual incrementada a 18 millones de euros para el
periodo 2025-2030.
Por estas razones, concurren circunstancias de interés público, social y económico
suficientes que justifican la concesión directa de una subvención a la Fundación,
destinada a garantizar la continuidad del MWC en Barcelona, reforzar la estrategia de
digitalización y promover la innovación y el emprendimiento digital. La aportación del
estado pasa de 5 a 8 millones de euros anuales, conforme a la enmienda 3 del HCPA,
con el objetivo de sostener el desarrollo del evento y su impacto estratégico para
España.
Este real decreto se elabora en alineación con la Agenda España digital 2026 y la
Estrategia para la Década Digital Europea, con el fin de avanzar en la transformación
digital del país. Asimismo, la norma cumple con los principios de buena regulación
establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el
artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas:
a) Necesidad y eficacia, al ser el instrumento normativo imprescindible para
articular la conexión directa de una subvención que da cumplimiento a compromisos
institucionales adquiridos, garantizando la continuidad del Mobile World Congress y su
impacto estratégico en la transformación digital de España.
b) Proporcionalidad, porque la norma contiene la regulación estrictamente
necesaria para alcanzar su objetivo, sin imponer cargas o requisitos innecesarios a la
entidad beneficiaria.
c) Seguridad jurídica, al encajar coherentemente en el marco normativo nacional
sobre subvenciones y planificación estratégica digital, y respetar los acuerdos
internacionales vigentes.
d) Transparencia, porque se justifica con claridad el interés público que motiva la
concesión directa, se identifica a la entidad beneficiaria, y se ha sometido al
procedimiento interno ordinario de aprobación normativa.
e) Eficiencia, ya que no impone cargas administrativas adicionales, utiliza canales
de tramitación electrónicos y optimiza la gestión de recursos públicos en un ámbito de
alta rentabilidad económica y social para el país.
La financiación de esta subvención se realizará con cargo al presupuesto de gastos
del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública para el
ejercicio 2025, asignado a la aplicación presupuestaria 33.04.467I.768, destinada a
cve: BOE-A-2025-15750
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 182