Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Ayudas. (BOE-A-2025-15748)
Real Decreto 685/2025, de 29 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 675/2014, de 1 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el impulso económico de las comarcas mineras del carbón, mediante el desarrollo de proyectos de infraestructuras y proyectos de restauración de zonas degradadas a causa de la actividad minera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Miércoles 30 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 102538

seguridad jurídica, dado que para su elaboración se ha cumplido con todos los trámites
preceptivos llevándose a cabo modificaciones que son acordes con el ordenamiento
jurídico. Cumple también con el principio de transparencia, en la medida en que la norma
identifica claramente su objeto y finalidad. Igualmente, respeta el principio de eficiencia,
evitando nuevas cargas administrativas. Dado que se trata de una norma que se dicta en
el marco de la ejecución de fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Unión Europea para el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia de España, en aplicación del artículo 47.1 del Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de
la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, su tramitación se encuentra exenta de la consulta pública previa.
En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 29 de julio de 2025,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 675/2014, de 1 de agosto, por el que se
establecen las bases reguladoras de ayudas para el impulso económico de las
comarcas mineras del carbón, mediante el desarrollo de proyectos de
infraestructuras y proyectos de restauración de zonas degradadas a causa de la
actividad minera.
El Real Decreto 675/2014, de 1 de agosto, por el que se establecen las bases
reguladoras de ayudas para el impulso económico de las comarcas mineras del carbón,
mediante el desarrollo de proyectos de infraestructuras y proyectos de restauración de
zonas degradadas a causa de la actividad minera, queda modificado como sigue:
Uno.

El apartado 2 del artículo 3, queda redactado del siguiente modo:

«2. El pago de los compromisos adquiridos en dichos periodos se extenderá
hasta la finalización de las actuaciones, siendo la fecha límite para el
reconocimiento de las ayudas el 31 de diciembre de 2027. Esta fecha será, en
todo caso, la fecha máxima para el reconocimiento de las ayudas al amparo de
este real decreto.
Los convenios que hayan sido modificados para ampliar su importe deberán
cumplir con lo establecido en el apartado 3 del artículo 13 bis respecto a su límite
temporal.»
Dos. Se modifica la letra a) del apartado 3 del artículo 13 bis, que queda redactado
de la siguiente forma:
«a) La ejecución del proyecto dentro del plazo máximo fijado en el convenio,
que no podrá ser posterior al 30 de junio de 2026.»

«a) La ejecución del proyecto dentro del plazo máximo fijado en el convenio,
que no podrá ser posterior al 30 de junio de 2026.»

cve: BOE-A-2025-15748
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Tres. Se modifica la letra a) del artículo 13 ter, que queda redactado de la siguiente
forma: