Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-15727)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energías Renovables de Belenus, SL, de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública para el parque eólico Belenus de 56 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Zaragoza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 102011
instalada, y de sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Zaragoza,
acordando el archivo del expediente PEol-489. Por consiguiente, las anteriores
infraestructuras de evacuación, necesarias para la conexión parque eólico Belenus con
la red de transporte y, por lo tanto, para la evacuación de la energía eléctrica generada
en la planta, no disponen de la preceptiva autorización administrativa de construcción.
Quinto.
Requerimiento practicado.
Finalizados los trámites de información pública y consultas y previo a otorgar el
preceptivo trámite de audiencia al interesado con la propuesta de resolución de
autorización administrativa previa de modificaciones y autorización administrativa de
construcción, con fecha 4 de octubre de 2024, la Subdirección General de
Infraestructuras e Integración del Sistema Energético emitió requerimiento a Energías
Renovables de Fulgora, SLU, indicando que, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector Eléctrico, que establece
que «formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación,
que incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica», los expedientes de los parques eólicos Fulgora,
Angus, Belenus, Brigid, Dian, Epona, Felis, Fontus y Electra no podrán obtener
autorización administrativa de construcción en tanto el expediente PFot-539, Jaime I, no
haya obtenido la correspondiente autorización administrativa de construcción, emitida
mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas.
Con fecha 10 de octubre de 2024, Energías Renovables de Fulgora, SLU registra
respuesta al citado requerimiento, no aportando la preceptiva autorización administrativa
de construcción del parque solar fotovoltaico Jaime I, de 38,2 MW de potencia instalada,
y de su infraestructura de evacuación, en diversos términos municipales de las
provincias de Zaragoza, Teruel, Tarragona y Barcelona.
El proyecto de parque eólico Belenus y sus infraestructuras de evacuación obtuvo
permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la emisión de Informe de
Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de Cumplimiento de Condiciones
Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación de las Condiciones Técnicas de
Conexión (IVCTC) en la subestación Begues 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de
España, SAU.
De acuerdo con el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y
conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, la instalación
cuenta con permiso de acceso de fecha 14 de septiembre de 2020.
De esta manera, la instalación deberá acreditar el cumplimiento del hito
administrativo de obtención de la autorización administrativa de construcción en una
fecha no superior al 14 de octubre de 2024, de conformidad con el Real Decretoley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en
otros ámbitos para la reactivación económica, modificado por el Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a
las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la
reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
La caducidad de los permisos de acceso y conexión para el proyecto de parque
eólico Belenus y sus infraestructuras de evacuación se produjo en fecha 14 de octubre
de 2024, al no poder cumplir con los requisitos para otorgarle la autorización
administrativa de construcción.
Con fecha de 7 de noviembre de 2024 tiene entrada, en el Registro de este
Ministerio, escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se comunica la
caducidad de los permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto
en el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en
materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
cve: BOE-A-2025-15727
Verificable en https://www.boe.es
Sexto. Permisos de acceso y conexión.
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 102011
instalada, y de sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Zaragoza,
acordando el archivo del expediente PEol-489. Por consiguiente, las anteriores
infraestructuras de evacuación, necesarias para la conexión parque eólico Belenus con
la red de transporte y, por lo tanto, para la evacuación de la energía eléctrica generada
en la planta, no disponen de la preceptiva autorización administrativa de construcción.
Quinto.
Requerimiento practicado.
Finalizados los trámites de información pública y consultas y previo a otorgar el
preceptivo trámite de audiencia al interesado con la propuesta de resolución de
autorización administrativa previa de modificaciones y autorización administrativa de
construcción, con fecha 4 de octubre de 2024, la Subdirección General de
Infraestructuras e Integración del Sistema Energético emitió requerimiento a Energías
Renovables de Fulgora, SLU, indicando que, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector Eléctrico, que establece
que «formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación,
que incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica», los expedientes de los parques eólicos Fulgora,
Angus, Belenus, Brigid, Dian, Epona, Felis, Fontus y Electra no podrán obtener
autorización administrativa de construcción en tanto el expediente PFot-539, Jaime I, no
haya obtenido la correspondiente autorización administrativa de construcción, emitida
mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas.
Con fecha 10 de octubre de 2024, Energías Renovables de Fulgora, SLU registra
respuesta al citado requerimiento, no aportando la preceptiva autorización administrativa
de construcción del parque solar fotovoltaico Jaime I, de 38,2 MW de potencia instalada,
y de su infraestructura de evacuación, en diversos términos municipales de las
provincias de Zaragoza, Teruel, Tarragona y Barcelona.
El proyecto de parque eólico Belenus y sus infraestructuras de evacuación obtuvo
permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la emisión de Informe de
Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de Cumplimiento de Condiciones
Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación de las Condiciones Técnicas de
Conexión (IVCTC) en la subestación Begues 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de
España, SAU.
De acuerdo con el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y
conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, la instalación
cuenta con permiso de acceso de fecha 14 de septiembre de 2020.
De esta manera, la instalación deberá acreditar el cumplimiento del hito
administrativo de obtención de la autorización administrativa de construcción en una
fecha no superior al 14 de octubre de 2024, de conformidad con el Real Decretoley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en
otros ámbitos para la reactivación económica, modificado por el Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a
las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la
reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
La caducidad de los permisos de acceso y conexión para el proyecto de parque
eólico Belenus y sus infraestructuras de evacuación se produjo en fecha 14 de octubre
de 2024, al no poder cumplir con los requisitos para otorgarle la autorización
administrativa de construcción.
Con fecha de 7 de noviembre de 2024 tiene entrada, en el Registro de este
Ministerio, escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se comunica la
caducidad de los permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto
en el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en
materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
cve: BOE-A-2025-15727
Verificable en https://www.boe.es
Sexto. Permisos de acceso y conexión.