Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15645)
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Sevilla, para la organización y coordinación de un concurso de premios con la finalidad de fomentar la cultura científica en el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Lunes 28 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101365
– Acoger la estancia formativa de las personas premiadas en la modalidad A)
durante dos semanas, en periodo estival, en alguno de los Institutos de investigación
dependientes de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, en
Sevilla o alguna provincia del territorio andaluz, con el fin de conocer la actividad y el
funcionamiento de un centro de investigación.
– Asumir los gastos de alojamiento y manutención en los casos que fuese necesario,
con cargo a la aplicación presupuestaria 463AP.230.00.033 CPGCP 6294 –Dietas– del
presupuesto de la Delegación Institucional del CSIC en Andalucía, así como los seguros
exigidos para el acceso a los institutos de investigación de los/las premiados/as en la
modalidad A) durante la realización de prácticas en algunos de sus centros de
investigación, con cargo a la aplicación presupuestaria 463AP.162.05.033 CPGCP 6442
–Seguros– del presupuesto de la Delegación Institucional del CSIC en Andalucía. El
importe máximo a asumir por tales conceptos será de 1.000 euros por cada persona o
grupo premiados.
– Asumir los gastos de inscripción de los/as premiados/as en la modalidad B) en el
próximo Congreso nacional de su especialidad siempre que realicen la presentación de
su investigación, con cargo a la aplicación presupuestaria 463AP.226.06.033CPGCP 6272 –Reuniones, Conferencias y Cursos– del presupuesto de la Delegación
Institucional del CSIC en Andalucía, hasta un importe máximo de 250 euros por cada
premiado/a. Los/as premiados/as acreditarán tales gastos y la presentación de su
investigación conforme les sea requerido por el CSIC de acuerdo con la normativa
aplicable.
Todo ello le supondrá al CSIC un gasto aproximado de 3.500 euros.
Las actuaciones previstas en este convenio no darán lugar a contraprestación
económica alguna entre las partes firmantes. Cada parte afrontará sus respectivos
gastos relativos a las actividades cuyo compromiso asumen.
Tercera. Comisión Mixta de Seguimiento.
Se creará una Comisión Mixta de Seguimiento de carácter paritario, formada por
representantes de cada una de las partes, cuyas funciones serán velar por el buen
desarrollo del convenio, interpretar sus términos y resolver las discrepancias, dudas y
conflictos que se presenten en la ejecución, así como decidir sobre cualquier incidencia o
asunto que se plantee en relación con el objeto y desarrollo del mismo.
Sus integrantes serán:
La asistencia de sus miembros a las sesiones que celebre tendrá carácter delegable
en personas dependientes respectivamente de una y otra entidad. Asimismo, podrán
asistir a sus reuniones, con voz y sin voto, expertos que puedan asesorar en razón de la
materia de la que se vaya a tratar.
A falta de normativa propia aprobada por la comisión, su funcionamiento se regirá
por lo establecido para los órganos colegiados, en el capítulo II del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Cuarta.
Vigencia y modificación del convenio.
Conforme establece el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, el convenio se perfeccionará por la prestación del
cve: BOE-A-2025-15645
Verificable en https://www.boe.es
– Por parte del CSIC: la persona que ostente el cargo de Gerente de la Delegación
Institucional del CSIC en Andalucía y Extremadura y la persona responsable de
Comunicación y Relaciones Institucionales de la Delegación del CSIC en Andalucía y
Extremadura.
– Por parte del Ayuntamiento de Sevilla: la persona que ostente el cargo de
Dirección General de Educación y Juventud, y la persona que ostente la Jefatura de
Servicio de Juventud.
Núm. 180
Lunes 28 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101365
– Acoger la estancia formativa de las personas premiadas en la modalidad A)
durante dos semanas, en periodo estival, en alguno de los Institutos de investigación
dependientes de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, en
Sevilla o alguna provincia del territorio andaluz, con el fin de conocer la actividad y el
funcionamiento de un centro de investigación.
– Asumir los gastos de alojamiento y manutención en los casos que fuese necesario,
con cargo a la aplicación presupuestaria 463AP.230.00.033 CPGCP 6294 –Dietas– del
presupuesto de la Delegación Institucional del CSIC en Andalucía, así como los seguros
exigidos para el acceso a los institutos de investigación de los/las premiados/as en la
modalidad A) durante la realización de prácticas en algunos de sus centros de
investigación, con cargo a la aplicación presupuestaria 463AP.162.05.033 CPGCP 6442
–Seguros– del presupuesto de la Delegación Institucional del CSIC en Andalucía. El
importe máximo a asumir por tales conceptos será de 1.000 euros por cada persona o
grupo premiados.
– Asumir los gastos de inscripción de los/as premiados/as en la modalidad B) en el
próximo Congreso nacional de su especialidad siempre que realicen la presentación de
su investigación, con cargo a la aplicación presupuestaria 463AP.226.06.033CPGCP 6272 –Reuniones, Conferencias y Cursos– del presupuesto de la Delegación
Institucional del CSIC en Andalucía, hasta un importe máximo de 250 euros por cada
premiado/a. Los/as premiados/as acreditarán tales gastos y la presentación de su
investigación conforme les sea requerido por el CSIC de acuerdo con la normativa
aplicable.
Todo ello le supondrá al CSIC un gasto aproximado de 3.500 euros.
Las actuaciones previstas en este convenio no darán lugar a contraprestación
económica alguna entre las partes firmantes. Cada parte afrontará sus respectivos
gastos relativos a las actividades cuyo compromiso asumen.
Tercera. Comisión Mixta de Seguimiento.
Se creará una Comisión Mixta de Seguimiento de carácter paritario, formada por
representantes de cada una de las partes, cuyas funciones serán velar por el buen
desarrollo del convenio, interpretar sus términos y resolver las discrepancias, dudas y
conflictos que se presenten en la ejecución, así como decidir sobre cualquier incidencia o
asunto que se plantee en relación con el objeto y desarrollo del mismo.
Sus integrantes serán:
La asistencia de sus miembros a las sesiones que celebre tendrá carácter delegable
en personas dependientes respectivamente de una y otra entidad. Asimismo, podrán
asistir a sus reuniones, con voz y sin voto, expertos que puedan asesorar en razón de la
materia de la que se vaya a tratar.
A falta de normativa propia aprobada por la comisión, su funcionamiento se regirá
por lo establecido para los órganos colegiados, en el capítulo II del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Cuarta.
Vigencia y modificación del convenio.
Conforme establece el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, el convenio se perfeccionará por la prestación del
cve: BOE-A-2025-15645
Verificable en https://www.boe.es
– Por parte del CSIC: la persona que ostente el cargo de Gerente de la Delegación
Institucional del CSIC en Andalucía y Extremadura y la persona responsable de
Comunicación y Relaciones Institucionales de la Delegación del CSIC en Andalucía y
Extremadura.
– Por parte del Ayuntamiento de Sevilla: la persona que ostente el cargo de
Dirección General de Educación y Juventud, y la persona que ostente la Jefatura de
Servicio de Juventud.