Comunitat Valenciana. III. Otras disposiciones. Homologaciones. (BOE-A-2025-15580)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Dirección General de Energía y Minas, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se modifica la autorización para su uso e instalación en la red, de los transformadores de intensidad marca Alce modelos KATK-85/190-205, KATK-98/190-205 y KATO-5.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179
Sábado 26 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101079
En fecha 28 de junio de 2025 presentan corrección de errores a la memoria técnica,
exponiendo que los valores del modelo KATO-5 no han variado respecto a la
autorización de 31 de enero de 2024.
Consta como antecedente el siguiente acto administrativo:
– Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Energía y Minas,
por la que se otorga autorización, para su uso e instalación en la red, a los
transformadores
de
intensidad
marca
ALCE
modelos
KATK-85/190-205,
KATK-98/190-205 y KATO-5 [Expediente de referencia ATVARI/2023/43/46].
Mediante esta resolución se autorizó el uso e instalación en la red de los
transformadores
de
intensidad
marca
ALCE
modelos
KATK-85/190-205,
KATK-98/190-205 y KATO-5, con las siguientes características:
–
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Modelo: KATK-85/190-205.
Intensidad nominal primaria: 40-800 A.
Intensidad nominal secundaria: 1-5 A.
Frecuencia nominal: 50 Hz.
Carga en el secundario: 5-10 VA.
Clase de precisión: 0,2 - 5 P.
Modelo: KATK-98/190-205.
Intensidad nominal primaria: 40-800 A.
Intensidad nominal secundaria: 1-5 A.
Frecuencia nominal: 50 Hz.
Carga en el secundario: 5-10 VA.
Clase de precisión: 0,2 - 5 P.
Modelo: KATO-5.
Intensidad nominal primaria: 2000 A.
Intensidad nominal secundaria: 1 A.
Frecuencia nominal: 50 Hz.
Carga en el secundario: 10-20 VA.
Clase de precisión: 0,2 S - 5 P.
El procedimiento administrativo correspondiente a esta solicitud ha sido tramitado
con el expediente de referencia ATVARI/2025/383, incoado al efecto por el Servicio de
Infraestructuras y Suministros Energéticos, habiéndose formulado propuesta de
resolución, la cual ha sido elevada por la Subdirección General de Energía y Minas a
este centro directivo para su resolución.
La instrucción y resolución del presente procedimiento administrativo corresponde a
la Dirección General de Energía y Minas, de acuerdo con el artículo 16 del
Decreto 226/2023, de 19 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento
orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo,
desarrollado mediante la Orden 3/2024, de 16 de abril, de la Conselleria de Innovación,
Industria, Comercio y Turismo, y de conformidad con Decreto 173/2024, de 3 de
diciembre del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la
Presidencia y de las consellerias de la Generalitat.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1 del Real Decreto 1110/2007, de 24 de
agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema
eléctrico, aquellos aparatos o dispositivos para los que no se haya establecido
reglamentación metrológica específica para la evaluación de la conformidad, requerirán
autorización del modelo para su uso e instalación en la red y estarán sujetos a las
verificaciones correspondientes. Estas autorizaciones tendrán siempre carácter
transitorio, debiendo el solicitante obtener la evaluación de la conformidad
correspondiente, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de dicha
cve: BOE-A-2025-15580
Verificable en https://www.boe.es
Fundamentos de Derecho
Núm. 179
Sábado 26 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101079
En fecha 28 de junio de 2025 presentan corrección de errores a la memoria técnica,
exponiendo que los valores del modelo KATO-5 no han variado respecto a la
autorización de 31 de enero de 2024.
Consta como antecedente el siguiente acto administrativo:
– Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Energía y Minas,
por la que se otorga autorización, para su uso e instalación en la red, a los
transformadores
de
intensidad
marca
ALCE
modelos
KATK-85/190-205,
KATK-98/190-205 y KATO-5 [Expediente de referencia ATVARI/2023/43/46].
Mediante esta resolución se autorizó el uso e instalación en la red de los
transformadores
de
intensidad
marca
ALCE
modelos
KATK-85/190-205,
KATK-98/190-205 y KATO-5, con las siguientes características:
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Modelo: KATK-85/190-205.
Intensidad nominal primaria: 40-800 A.
Intensidad nominal secundaria: 1-5 A.
Frecuencia nominal: 50 Hz.
Carga en el secundario: 5-10 VA.
Clase de precisión: 0,2 - 5 P.
Modelo: KATK-98/190-205.
Intensidad nominal primaria: 40-800 A.
Intensidad nominal secundaria: 1-5 A.
Frecuencia nominal: 50 Hz.
Carga en el secundario: 5-10 VA.
Clase de precisión: 0,2 - 5 P.
Modelo: KATO-5.
Intensidad nominal primaria: 2000 A.
Intensidad nominal secundaria: 1 A.
Frecuencia nominal: 50 Hz.
Carga en el secundario: 10-20 VA.
Clase de precisión: 0,2 S - 5 P.
El procedimiento administrativo correspondiente a esta solicitud ha sido tramitado
con el expediente de referencia ATVARI/2025/383, incoado al efecto por el Servicio de
Infraestructuras y Suministros Energéticos, habiéndose formulado propuesta de
resolución, la cual ha sido elevada por la Subdirección General de Energía y Minas a
este centro directivo para su resolución.
La instrucción y resolución del presente procedimiento administrativo corresponde a
la Dirección General de Energía y Minas, de acuerdo con el artículo 16 del
Decreto 226/2023, de 19 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento
orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo,
desarrollado mediante la Orden 3/2024, de 16 de abril, de la Conselleria de Innovación,
Industria, Comercio y Turismo, y de conformidad con Decreto 173/2024, de 3 de
diciembre del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la
Presidencia y de las consellerias de la Generalitat.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1 del Real Decreto 1110/2007, de 24 de
agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema
eléctrico, aquellos aparatos o dispositivos para los que no se haya establecido
reglamentación metrológica específica para la evaluación de la conformidad, requerirán
autorización del modelo para su uso e instalación en la red y estarán sujetos a las
verificaciones correspondientes. Estas autorizaciones tendrán siempre carácter
transitorio, debiendo el solicitante obtener la evaluación de la conformidad
correspondiente, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de dicha
cve: BOE-A-2025-15580
Verificable en https://www.boe.es
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