Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-15547)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión por el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, la realización de determinados análisis en fluido oral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Sábado 26 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 100754

Tercera. Titularidad.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, la encomienda de gestión no supone la cesión de la titularidad de las
competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ayuntamiento
de las Rozas.
Cuarta. Financiación.
El Ayuntamiento de Las Rozas asume el gasto derivado de la realización de los análisis,
con el límite máximo de 21.000 euros (veintiún mil euros) anuales. Las obligaciones serán
imputadas a la partida presupuestaria 108-1300-48001- 22024001894.
Los pagos que se devenguen serán ingresados en el Tesoro Público. A estos efectos
el INTCF, emitirá la certificación de todos los análisis realizados anualmente, así como el
modelo 069 de Ingresos no tributarios, para el abono del importe correspondiente por
parte del Ayuntamiento de Las Rozas.
El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes destinará la cuantía
total del acuerdo de la encomienda de gestión a la financiación de las mencionadas
actividades, para lo cual procederá a la tramitación de un expediente de generación de
crédito, previa certificación del Tesoro Público de la materialización del ingreso.
Quinta. Protección de datos.
Todos los afectados por el presente acuerdo de encomienda de gestión vendrán
obligados por las disposiciones establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos), Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás disposiciones vigentes
sobre la materia.
El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (a través del
INTCF), como órgano encomendado, tiene la condición de encargado del tratamiento de
los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la
encomienda de gestión.
Sexta.

Vigencia.

La presente encomienda de gestión surtirá efectos desde su formalización y
publicación durante un plazo de cuatro años.
Dicho plazo podrá prorrogarse de mutuo acuerdo, mediante adenda expresa, sin que el
plazo total de duración de la encomienda pueda exceder, prórrogas incluidas, de ocho años.

El presente acuerdo de encomienda de gestión se publicará en el «Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid», al integrarse el «Boletín Oficial de la Provincia de Madrid» en
el autonómico (artículo 2 del Decreto 13/1983 de 16 de junio, por el que se crea el
«Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid») y en el «Boletín Oficial del Estado», de
conformidad con lo previsto en el artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades que
legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las
Instituciones que representan, suscriben electrónicamente la presente encomienda de
gestión.–El Secretario de Estado de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.–El AlcaldePresidente del Ayuntamiento de las Rozas de Madrid, José de la Uz Pardos.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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