Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Bienes muebles. Financiación. (BOE-A-2025-15546)
Resolución de 16 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueban las modificaciones introducidas en el modelo de contrato de arrendamiento de bienes muebles, con letras de identificación «R-VCS2», y sus anexos, para ser utilizado por VFS Commercial Services Spain, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Sábado 26 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 100750

MODELO R-VCS2
IMPRESO Nº…..

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES
Modelo aprobado por Resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de fecha 06/07/2021,
de fecha 27/07/2022, de fecha 01/09/2023 y de fecha dd/mm/aa

CONDICIONES GENERALES
26.

PROTECCIÓN DE DATOS. 26.1 De acuerdo con lo establecido en la legislación vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, los intervinientes quedan informados de que
sus datos personales, incluyendo aquellos recogidos durante el desarrollo del presente Contrato, serán incorporados a un tratamiento cuyo responsable es VFS
COMMERCIAL SERVICES SPAIN, S.A. (“VFS”), con domicilio en [*], con la finalidad de gestionar la formalización, mantenimiento y cumplimiento de la relación
contractual. Además de los identificados en el presente Contrato, en el cumplimiento del mismo será necesaria la recogida de los datos referidos a los conductores
habituales u operadores de los Bienes objeto del Contrato, por lo que los Intervinientes declaran y garantizan haber informado a éstos de la nota informativa aplicable
a los mismos (disponible en el siguiente link [*]) de los que el Arrendador podrá recabar datos sobre el uso y ubicación de los Bienes objeto del Contrato en
determinados casos. El Arrendatario también se compromete a obtener su consentimiento cuando sea necesario. El Arrendador puede proporcionar formularios de
consentimiento para este propósito.
26.2 Se informa al Arrendatario de que los Bienes objeto del Contrato están equipados con sistemas de comunicación (los "Sistemas de Información") que recopilan,
almacenan y transmiten datos relacionados con el funcionamiento y la conducción de los Bienes objeto del Contrato que pueden calificarse como datos personales
("Datos del Vehículo") y a los que pueden acceder el Arrendador y cualquier empresa autorizada por el Arrendador. El Arrendatario se compromete a no interferir
de ninguna manera en el funcionamiento de los Sistemas de Información. El Arrendatario reconoce y acepta que el Arrendador o cualquier empresa autorizada podrá:
(i) acceder al Sistema en cualquier momento, incluso de forma remota, y utilizar sus capacidades de procesamiento; (ii) recopilar Datos del Vehículo; (iii) almacenar
los Datos del Vehículo en las capacidades de almacenamiento del Vehículo y en los sistemas informáticos del Grupo Volvo; (iv) utilizar los Datos del Vehículo para
las necesidades específicas de VFS (tal y como se especifica en el aviso de privacidad para conductores u operadores en el siguiente link [*] y, en particular, para
fines de reposesión y, en su caso, para prestar servicios al Arrendatario; (v) actualizar el Sistema con el software adecuado (incluidas las actualizaciones remotas o
"inalámbricas"); y (vi) compartir Datos del Vehículo dentro del Grupo Volvo y con terceros seleccionados.
26.3
Los Intervinientes quedan informados de que podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad de los datos, y
limitación del tratamiento, mediante carta dirigida al Delegado de Protección de datos de VFS, con domicilio en [*], o a través del correo electrónico [*], adjuntando
copia de un documento que permita acreditar su identidad e identificando el derecho que se solicita. Igualmente, en caso de considerar vulnerado su derecho a la
protección de datos, pueden presentar reclamación ante el Delegado de Protección de datos de VFS en las direcciones indicadas o ante la Agencia Española de
Protección de Datos (www.aepd.es).
26.4
En las Condiciones Particulares del Contrato se incluye información más detallada sobre el tratamiento de datos e igualmente en el siguiente enlace [*].
Los intervinientes reconocen haber leído el aviso de protección de datos de carácter personal.

27. LEY APLICABLE. –

En prueba de conformidad, firman las partes el presente contrato en tantos ejemplares como partes intervienen en el lugar y fecha indicados Ver fecha Intervención
Notarial/ Ver lugar y fecha firma al pie/ Ver firma digital.
En ** a ** de ** de **
El/Los Arrendatario/s

En ** a ** de ** de **
El/Los Fiador/es

En ** a ** de ** de **
El Arrendador

pág nº.—de—

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-15546
Verificable en https://www.boe.es

27.1 El Contrato se regirá por la ley española.
27.2 La relación entre las Partes se regirá por lo dispuesto en el Contrato (que incluye las Condiciones Particulares, las presentes Condiciones Generales y sus
Anexos), así como las normas legales y reglamentarias de aplicación obligatoria.
27.3 El Bien solicitado por el Arrendatario estará afecto a la actividad empresarial o profesional de este último, no resultando de aplicación al Contrato la legislación
vigente en materia de consumidores y usuarios.