Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-15574)
Resolución de 14 de junio de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A., por la que se publica la prórroga expresa del Acuerdo de encomienda de gestión con la Comunidad de Usuarios de la masa de agua subterránea «Consuegra-Villacañas».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Sábado 26 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 101050

Ambas partes se reconocen capacidad suficiente y poder bastante para este acto, y
EXPONEN
Primero.
Que el día 12 de junio de 2017, fue publicada en el BOE la resolución, de 18 de
mayo de 2017, de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A., por la que se
publica la encomienda de gestión a la Comunidad de Usuarios de la masa de agua
subterránea «Consuegra-Villacañas», para el ejercicio de las funciones de comprobación
de las instalaciones de medición y precintado de las mismas en las captaciones de
aguas subterráneas en el ámbito territorial propio de dicha comunidad, suscrita el 9 de
mayo de 2017.
Segundo.
Que en la cláusula séptima de la referida encomienda de gestión en la que se fija el
plazo de vigencia se establece que, ésta tendrá una duración de cuatro años, contados a
partir de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y podrá prorrogarse
por periodos sucesivos por mutuo acuerdo entre las dos partes.
Tercero.
Que el día 5 de mayo de 2021, fue publicada en el BOE la resolución de 19 de abril
de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A., por la que se publica la
primera prórroga del acuerdo de la encomienda de gestión con la Comunidad de
Usuarios de la masa de agua subterránea «Consuegra-Villacañas».
Cuarto.
Por lo que antecede, y de conformidad con el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas partes suscriben la prórroga
expresa de la encomienda de gestión con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Prorrogar expresamente la Encomienda de Gestión entre la Confederación
Hidrográfica del Guadiana, O.A., y la Comunidad de Usuarios de la masa de agua
subterránea «Consuegra-Villacañas», para el ejercicio de las funciones de comprobación
de las instalaciones de medición y precintado de las mismas en las captaciones de
aguas subterráneas en el ámbito territorial propio de dicha comunidad, suscrita el 9 de
mayo de 2017 (BOE núm. 139, de 12 de junio), en las mismas condiciones.

Actualizar las referencias normativas, de forma que las referencias en la encomienda
a la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para
realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos
de agua del dominio público hidráulico, de los retornos al citado dominio público
hidráulico y de los vertidos al mismo y derogada el 1 de noviembre de 2024 se actualizan
a la nueva Orden TED/1191/2024, de 24 de octubre, por la que se regulan los sistemas
electrónicos de control de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de
agua, los retornos y los vertidos al dominio público hidráulico.

cve: BOE-A-2025-15574
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.