Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Documentación administrativa. (BOE-A-2025-15473)
Resolución de 9 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se aprueban tablas del calendario de conservación de series documentales del Sistema de Archivos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178
Viernes 25 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 100535
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Resolución de 9 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se aprueban
tablas del calendario de conservación de series documentales del Sistema de
Archivos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
El artículo 46 de la Constitución Española obliga a los poderes públicos a garantizar
la conservación y promover el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico
de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen
jurídico y su titularidad.
La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, considera en su
artículo 49.2 que una parte integrante del mismo es el Patrimonio Documental,
constituido por los documentos de cualquier época generados, conservados o reunidos
en el ejercicio de sus funciones, entre otros, por cualquier organismo o entidad de
carácter público.
El artículo 52.1 de dicha norma exige a todos los poseedores que custodian bienes
del patrimonio documental y bibliográfico que garanticen su conservación y protección,
su destino a un uso que no impida su conservación y su mantenimiento en lugares
adecuados. Asimismo, el artículo 55.1 prevé que se recabe autorización de la
Administración competente para excluir o eliminar todo o parte de los bienes del
Patrimonio Documental contemplado en el mencionado artículo 49.2 y de los demás de
titularidad pública. No obstante, el artículo 55.2 señala que en ningún caso se podrán
destruir tales documentos en tanto subsista su valor probatorio de derechos y
obligaciones de las personas o los entes públicos.
Mediante el artículo 58 de esta ley se crea la Comisión Superior Calificadora de
Documentos Administrativos, como órgano encargado del estudio y dictamen de las
cuestiones relativas a la calificación y utilización de los documentos de la Administración
del Estado y del sector público estatal, su integración en los archivos y el régimen de
acceso e inutilidad administrativa de tales documentos. Esta Comisión Superior
Calificadora de Documentos Administrativos se regula por el Real Decreto 1401/2007,
de 29 de octubre, que establece su composición, funcionamiento y competencias.
El articulado de la Ley de Patrimonio Histórico Español se ha desarrollado mediante
diferentes disposiciones. En primer lugar, el Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre,
por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el
control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y
sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte
distinto al original. El artículo 6.1 de este real decreto atribuye al titular de la
Subsecretaría de los Departamentos la competencia para autorizar, motivadamente y
previo el dictamen favorable de la Comisión Superior Calificadora de Documentos
Administrativos, la eliminación de documentos y, en su caso, su conservación en soporte
distinto del original.
En aplicación de la referida competencia, como requisito para establecer los plazos
de transferencia y de eliminación de las series documentales producidas en el Sistema
de Archivos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se crea el calendario de
conservación, en el que se concentra la información concerniente a la conservación,
eliminación, transferencias y acceso contenida en los dictámenes aprobados por la
Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.
De su parte, el Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que establece el
Sistema Español de Archivos y regula el Sistema de Archivos de la Administración
General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso, en su
artículo 13, establece que en cada Departamento Ministerial podrá constituirse un Grupo
cve: BOE-A-2025-15473
Verificable en https://www.boe.es
15473
Núm. 178
Viernes 25 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 100535
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Resolución de 9 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se aprueban
tablas del calendario de conservación de series documentales del Sistema de
Archivos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
El artículo 46 de la Constitución Española obliga a los poderes públicos a garantizar
la conservación y promover el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico
de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen
jurídico y su titularidad.
La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, considera en su
artículo 49.2 que una parte integrante del mismo es el Patrimonio Documental,
constituido por los documentos de cualquier época generados, conservados o reunidos
en el ejercicio de sus funciones, entre otros, por cualquier organismo o entidad de
carácter público.
El artículo 52.1 de dicha norma exige a todos los poseedores que custodian bienes
del patrimonio documental y bibliográfico que garanticen su conservación y protección,
su destino a un uso que no impida su conservación y su mantenimiento en lugares
adecuados. Asimismo, el artículo 55.1 prevé que se recabe autorización de la
Administración competente para excluir o eliminar todo o parte de los bienes del
Patrimonio Documental contemplado en el mencionado artículo 49.2 y de los demás de
titularidad pública. No obstante, el artículo 55.2 señala que en ningún caso se podrán
destruir tales documentos en tanto subsista su valor probatorio de derechos y
obligaciones de las personas o los entes públicos.
Mediante el artículo 58 de esta ley se crea la Comisión Superior Calificadora de
Documentos Administrativos, como órgano encargado del estudio y dictamen de las
cuestiones relativas a la calificación y utilización de los documentos de la Administración
del Estado y del sector público estatal, su integración en los archivos y el régimen de
acceso e inutilidad administrativa de tales documentos. Esta Comisión Superior
Calificadora de Documentos Administrativos se regula por el Real Decreto 1401/2007,
de 29 de octubre, que establece su composición, funcionamiento y competencias.
El articulado de la Ley de Patrimonio Histórico Español se ha desarrollado mediante
diferentes disposiciones. En primer lugar, el Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre,
por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el
control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y
sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte
distinto al original. El artículo 6.1 de este real decreto atribuye al titular de la
Subsecretaría de los Departamentos la competencia para autorizar, motivadamente y
previo el dictamen favorable de la Comisión Superior Calificadora de Documentos
Administrativos, la eliminación de documentos y, en su caso, su conservación en soporte
distinto del original.
En aplicación de la referida competencia, como requisito para establecer los plazos
de transferencia y de eliminación de las series documentales producidas en el Sistema
de Archivos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se crea el calendario de
conservación, en el que se concentra la información concerniente a la conservación,
eliminación, transferencias y acceso contenida en los dictámenes aprobados por la
Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.
De su parte, el Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que establece el
Sistema Español de Archivos y regula el Sistema de Archivos de la Administración
General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso, en su
artículo 13, establece que en cada Departamento Ministerial podrá constituirse un Grupo
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