Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15468)
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Graduados Sociales de la Región de Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178
Viernes 25 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 100376
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
15468
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Graduados Sociales
de la Región de Murcia.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Graduados Sociales de la Región de Murcia, un Convenio de colaboración en materia de
Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 17 de julio de 2025.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio Oficial de Graduados Sociales de la Región de Murcia
en materia de Gestión Catastral
En Madrid y Murcia, a dieciséis de julio del año dos mil veinticinco.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre),
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo
decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, don Alfonso Hernández Quereda, Presidente del Colegio Oficial de
Graduados Sociales de la Región de Murcia, habiendo sido nombrado el 25 de mayo
de 2023, en nombre y representación del mismo en virtud de las competencias que le
atribuye el artículo 44 de sus Estatutos, publicados por Anuncio de la Consejería de
Presidencia, Portavocía, Acción Exterior y Emergencias de la Comunidad Autónoma de
Murcia (BORM de 20 de septiembre).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2025-15468
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 178
Viernes 25 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 100376
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
15468
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Graduados Sociales
de la Región de Murcia.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Graduados Sociales de la Región de Murcia, un Convenio de colaboración en materia de
Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 17 de julio de 2025.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio Oficial de Graduados Sociales de la Región de Murcia
en materia de Gestión Catastral
En Madrid y Murcia, a dieciséis de julio del año dos mil veinticinco.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre),
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo
decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, don Alfonso Hernández Quereda, Presidente del Colegio Oficial de
Graduados Sociales de la Región de Murcia, habiendo sido nombrado el 25 de mayo
de 2023, en nombre y representación del mismo en virtud de las competencias que le
atribuye el artículo 44 de sus Estatutos, publicados por Anuncio de la Consejería de
Presidencia, Portavocía, Acción Exterior y Emergencias de la Comunidad Autónoma de
Murcia (BORM de 20 de septiembre).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2025-15468
Verificable en https://www.boe.es
Primero.