Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15478)
Resolución de 15 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio tipo entre la Agencia Estatal de Administración Digital y el Consejo General del Poder Judicial, para la prestación del servicio distribuido de Nómina Estándar de la Administración General del Estado (Nedaes) y el Servicio de visualización de nóminas Servinómina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Viernes 25 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 100607

2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento general de protección de datos), en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y
demás normativa de aplicación en materia de protección de datos.
En virtud de la disposición adicional séptima, apartado 2, del Estatuto de la AEAD, en
el tratamiento de datos de carácter personal en las aplicaciones y servicios digitales
diseñados, desarrollados o en mantenimiento por parte de la AEAD y que hayan sido
creados o implantados en el ámbito de sus competencias y puestos a disposición de los
órganos de la Administración General del Estado y de las demás administraciones
públicas, así como de los organismos y entidades de Derecho público vinculados o
dependientes de las mismas, la AEAD tendrá la consideración de «Encargado del
Tratamiento», correspondiendo a aquéllos la consideración de «Responsable del
Tratamiento», en aplicación del Reglamento general de protección de datos.
Para garantizar la protección de la información manejada y del servicio prestado, las
partes aplicarán el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el
Esquema Nacional de Seguridad y la Resolución de 7 de julio, de la SGAD, por la que se
aprueba la Política de seguridad de los servicios prestados por la Secretaría General de
Administración Digital. Las medidas de seguridad aplicables quedarán plasmadas en la
correspondiente Declaración de Aplicabilidad que comprende la relación de medidas del
anexo II del Esquema Nacional de Seguridad seleccionadas para el sistema en función
de su categoría de seguridad y del resultado del análisis de riesgos.
Toda la información facilitada por las partes y toda la información generada como
consecuencia de la ejecución del presente convenio, tendrá el tratamiento de
confidencial, sin perjuicio de la información que sea de dominio público, no pudiendo ser
divulgada o facilitada a terceros, ni utilizada para un fin distinto del previsto en este
documento, sin el acuerdo unánime de las partes.
La obligación de confidencialidad para las partes, que estará supeditada a los
postulados de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno, se extenderá indefinidamente, aunque el convenio se hubiera
extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización de las partes o en su caso, de
que dicha información pasara a ser considerada como de dominio público.
Se podrán dictar cuantos actos jurídicos sean necesarios, de forma adicional al
presente convenio, para dar cumplimiento a lo establecido en esta cláusula.
Decimocuarta.

Naturaleza y régimen jurídico.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regirá por lo dispuesto en
el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

cve: BOE-A-2025-15478
Verificable en https://www.boe.es

En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes
firman el presente convenio.–La Presidenta de la Agencia Estatal de Administración
Digital, Clara Mapelli Marchena.–El Secretario General del Consejo General del Poder
Judicial, Miguel Hernández Serna.