Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15396)
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Alcantarilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177
Jueves 24 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98924
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
15396
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Alcantarilla.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Ayuntamiento de
Alcantarilla (Murcia) un Convenio de colaboración en materia de gestión catastral,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo de esta resolución.
Madrid, 17 de julio de 2025.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General
del Catastro) y el Ayuntamiento de Alcantarilla (Murcia) de colaboración en materia
de gestión catastral
En Madrid y Alcantarilla, a dieciséis de julio del año dos mil veinticinco.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE núm. 316, de 31 de
diciembre), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, doña Francisca Terol Cano, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de
Alcantarilla, en uso de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, asistido por don Juan Antonio
Martínez Morales, Secretario General de dicha Corporación, como fedatario para la
formalización del convenio acordado por el Pleno Municipal de fecha 19 de diciembre
de 2024, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3.2.i) del Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los
funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda, establece que la Dirección
General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento,
valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2025-15396
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 177
Jueves 24 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98924
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
15396
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Alcantarilla.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Ayuntamiento de
Alcantarilla (Murcia) un Convenio de colaboración en materia de gestión catastral,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo de esta resolución.
Madrid, 17 de julio de 2025.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General
del Catastro) y el Ayuntamiento de Alcantarilla (Murcia) de colaboración en materia
de gestión catastral
En Madrid y Alcantarilla, a dieciséis de julio del año dos mil veinticinco.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE núm. 316, de 31 de
diciembre), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, doña Francisca Terol Cano, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de
Alcantarilla, en uso de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, asistido por don Juan Antonio
Martínez Morales, Secretario General de dicha Corporación, como fedatario para la
formalización del convenio acordado por el Pleno Municipal de fecha 19 de diciembre
de 2024, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3.2.i) del Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los
funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda, establece que la Dirección
General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento,
valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2025-15396
Verificable en https://www.boe.es
Primero.