Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-15406)
Orden TES/801/2025, de 18 de julio, por la que se fijan los límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Jueves 24 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 99062

Trigésimo. Facultades del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de
Trabajo y Seguridad Social y del Ministerio de Trabajo y Economía Social para la
gestión, conservación y mantenimiento de determinados espacios del inmueble de
Gran Vía Don Diego López de Haro, 50, Bilbao.
A fin de garantizar la adecuada gestión, conservación y mantenimiento del inmueble
situado en la calle Gran Vía Don Diego López de Haro, 50, Bilbao, del que es titular la
Administración del Estado de acuerdo con la Ley 4/1986, de 8 de enero, de cesión de
bienes del Patrimonio Sindical acumulado, se atribuye al Organismo Autónomo
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en relación con las
plantas 1, 2 y 3 sobre rasante para las obras para la mejora de la climatización y
adecuación de la instalación eléctrica del inmueble, el ejercicio de las facultades de que
para tal fin dispone la Administración General del Estado-Ministerio de Trabajo y
Economía Social en el inmueble citado, todo ello con objeto de facilitar la gestión integral
del edificio.
Trigésimo primero.

Revocación de delegaciones anteriores.

1. Desde la aprobación de esta orden quedan sin efectos las órdenes y
resoluciones sobre delegación de competencias anteriores que se opongan a lo
establecido en la presente orden y, expresamente, la Orden TES/1217/2021, de 29 de
octubre, por la que se fijan los límites para administrar créditos para gastos, se delegan
competencias y se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los
órganos del Ministerio de Trabajo y Economía Social y sus organismos públicos, y la
Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021,
de 29 de octubre, por la que se fijan los límites para administrar créditos para gastos, se
delegan competencias y se aprueban delegaciones del ejercicio de competencias en los
órganos del Ministerio de Trabajo y Economía Social y sus organismos públicos, y la
Orden TES/1108/2023, de 6 de octubre, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021,
de 29 de octubre, por la que se fijan los límites para administrar créditos para gastos, se
delegan competencias y se aprueban delegaciones del ejercicio de competencias en los
órganos del Ministerio de Trabajo y Economía Social y sus organismos públicos.
2. Los actos y resoluciones dictados por delegación al amparo de las órdenes
mencionadas en el apartado anterior en procedimientos administrativos no finalizados no
perderán su validez ni precisarán de ratificación por las personas titulares de los órganos
a las que, conforme a esta orden, se delega el ejercicio de las competencias respectivas.
Trigésimo segundo.

Eficacia.

La presente orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2025-15406
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 18 de julio de 2025.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de
Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Pérez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X