Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2025-15351)
Orden PJC/796/2025, de 23 de julio, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 24 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 98706

(https://reg.redsara.es), siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado
electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo establecido en esta base.
Sólo se podrán presentar las solicitudes por otros medios cuándo existan motivos
justificados y previa autorización de la Subdirección General para la Innovación y Calidad
de la Oficina Judicial y Fiscal, autorización que se solicitará al correo electrónico:
laj@mjusticia.es. Esta modalidad de solicitud podrá presentarse en la forma prevista en
el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Si dichas solicitudes se presentaran a través de las oficinas de correos deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal funcionario correspondiente
antes de ser certificadas e irán dirigidas al Área de letradas y letrados de la
Administración de Justicia de la Subdirección General para la Innovación y Calidad de la
Oficina Judicial y Fiscal (calle San Bernardo, n.º 62, 2.ª planta, despacho 220, 28071
Madrid). Una vez presentadas las solicitudes por otros medios, se adelantarán en
formato electrónico a la dirección: laj@mjusticia.es.
Se concede un plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación
en el BOE, para que las personas interesadas puedan formular sus peticiones con
sujeción a los preceptos aludidos.
2. Serán rechazadas las solicitudes que no se presenten siguiendo las
instrucciones recogidas en la presente orden.
3. No será posible anular o modificar las instancias presentadas una vez terminado
el plazo de presentación de las mismas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 68
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
4. Con la solicitud telemática se adjuntará un curriculum vitae en formato europass
(https://europass.cedefop.europa.eu/editors/es/cv/compose)
y
la
documentación
escaneada de los méritos alegados en formato PDF.
Con la solicitud en papel y previa autorización se adjuntará un currículum y
documentación original o fotocopias compulsadas y paginadas de la documentación
justificativa de los méritos alegados.
Los méritos alegados y acreditados se valorarán, con referencia a la fecha de cierre
del plazo de presentación de instancias. Las Secretarias y los Secretarios de Gobierno
durante el proceso de valoración podrán recabar de las personas interesadas la
documentación original de los méritos alegados y las aclaraciones o, en su caso, la
documentación adicional que se estimen necesarias para la comprobación de los
mismos.
5. Además de la documentación anterior deberá presentarse en la misma forma
que en el apartado precedente, por cada puesto solicitado, una memoria firmada en la
que, en una extensión no superior a diez folios, las personas interesadas realizará un
análisis de las tareas del puesto solicitado, condiciones y medios necesarios para su
desempeño, propuestas de mejora en el desarrollo de las funciones y todas aquellas
otras cuestiones que se considere de interés o importancia, con base en la descripción
de funciones del puesto.
El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes o la Secretaria y
el Secretario de Gobierno correspondiente podrán realizar una entrevista personal a las
personas interesadas.
Tercera. Procedimiento para el nombramiento.
Transcurrido el plazo correspondiente para la presentación de las solicitudes y
examinadas y valoradas todas ellas, la Secretaria o el Secretario de Gobierno
correspondiente remitirá al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
para su nombramiento, la propuesta de la candidatura que considere más idónea para
desempeñar el puesto de Directora o Director del Servicio Común Procesal, previo informe
del órgano competente de las Comunidades Autónomas con competencias asumidas en
materia de Justicia respecto de los puestos de trabajo radicados en sus territorios.

cve: BOE-A-2025-15351
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Núm. 177