Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Seguridad informática. (BOE-A-2025-15397)
Orden HAC/800/2025, de 16 de julio, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información en el ámbito de la Administración digital del Ministerio de Hacienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Jueves 24 de julio de 2025

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mecanismos de identificación, autenticación y autorización acordes a la criticidad de
cada activo. Además, quedará registrada la utilización del sistema con objeto de
asegurar la trazabilidad del acceso y auditar su uso adecuado, conforme a la actividad
de la organización.
g) Adquisición, desarrollo y mantenimiento de los sistemas de información: Se
contemplarán los aspectos de seguridad de la información en todas las fases del ciclo de
vida de los sistemas de información, garantizando su seguridad por defecto.
h) Gestión de los incidentes de seguridad: Se implantarán los mecanismos
apropiados para la correcta identificación, registro, notificación y resolución de los
incidentes de seguridad.
i) Gestión de la continuidad: Se implantarán los mecanismos apropiados para
asegurar la disponibilidad de los sistemas de información y mantener la continuidad de
sus procesos de negocio, de acuerdo con las necesidades de nivel de servicio de sus
usuarios.
j) Cumplimiento: Se adoptarán las medidas técnicas, organizativas y
procedimentales necesarias para el cumplimiento de la normativa legal vigente en
materia de seguridad de la información y protección de datos personales.
Artículo 5.

Estructura organizativa.

1. La estructura organizativa para la gestión de la seguridad de la información en el
ámbito descrito por la PSI del Ministerio de Hacienda está compuesta por los siguientes
agentes:
1. El Comité de Dirección de Seguridad de la Información.
2. El Grupo de trabajo Técnico de Seguridad de la Información.
3. Los responsables de la seguridad.
4. Los responsables de la información.
5. Los responsables del servicio.
6. Los responsables del sistema.
7. La persona delegada de la Protección de Datos del departamento y las personas
delegadas de Protección de Datos de los organismos públicos adscritos al
departamento.
2. Los responsables de la seguridad, la información, el servicio y el sistema serán
designados y renovados por cada órgano superior o directivo del Ministerio de Hacienda,
así como por cada organismo o entidad de derecho público vinculado o dependiente del
Departamento a los que sea de aplicación la presente PSI, de acuerdo con lo previsto en
los artículos 8, 9 y 10.
Artículo 6. El Comité de Dirección de Seguridad de la Información.

a) Presidencia: La persona titular de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda.
b) Vicepresidencia Primera: La persona titular de la Inspección General del
Ministerio de Hacienda.
c) Vicepresidencia Segunda: La persona titular del Departamento de Servicios y
Coordinación Territorial.
d) Vocales:
1.º Dos personas representantes de la Secretaría de Estado de Hacienda,
nombrados por la persona titular de dicho órgano superior, de las que al menos una de
ellas tenga rango mínimo de director general y la otra con rango mínimo de subdirector
general.

cve: BOE-A-2025-15397
Verificable en https://www.boe.es

1. El Comité de Dirección de Seguridad de la Información (en adelante CDSI),
adscrito a la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda, está compuesto por los siguientes
miembros: