Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-15386)
Corrección de errores de la Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de bienes muebles de Alicante por la que se deniega la cancelación de una anotación de embargo por caducidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Jueves 24 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 98914

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15386

Corrección de errores de la Resolución de 23 de mayo de 2025, de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso
interpuesto contra la calificación de la registradora de bienes muebles de
Alicante por la que se deniega la cancelación de una anotación de embargo
por caducidad.

Advertidos errores en la Resolución 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, del recurso interpuesto por don L. M. C. R., abogado,
en nombre y representación de la mercantil «Megainformes Online, SL», contra la
calificación de la registradora de Bienes Muebles de Alicante, doña María de las
Mercedes Blázquez Reales, por la que se deniega la cancelación de una anotación de
embargo por caducidad, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de 23 de junio
de 2025, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

cve: BOE-A-2025-15386
Verificable en https://www.boe.es

En la página 82955, segundo párrafo, donde dice: «(…) como se deduce de
adicionar a la fecha de la anotación los cuatro años (contados de fecha a fecha)
previstos en el artículo 86 de la Ley Hipotecaria y los 88 días naturales durante los que el
plazo estuvo suspendido», debe decir: «(…) como se deduce de adicionar a la fecha de
la anotación los tres años (contados de fecha a fecha) previstos en el artículo 38 del
Reglamento de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin desplazamiento de posesión y
los 88 días naturales durante los que el plazo estuvo suspendido».

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X