Ciudad de CeutaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-27399)
Resolución del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de Ceuta sobre solicitud de autorización administrativa previa y de construcción (Aprobación del Proyecto de Ejecución) de la Línea Subterránea de Media Tensión entre el C.T. Sardinero nº 3 (EAEC200), el C.S. SEVA auxiliar (EAEC270) y el C.T. Ybarrola (EAEC216).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176
Miércoles 23 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 42534
técnico facultativo competente, en el que conste que la instalación se ha realizado
de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución
aprobado, así como las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la
materia.
El plazo establecido para la ejecución de la reforma de la instalación será de
doce meses, indicando que si transcurrido dicho plazo, no ha sido emitido el
certificado final de obra y solicitada el acta de puesta en servicio, podrá el
peticionario, por razones justificadas, requerir la prórroga del plazo establecido.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse por los interesados el recurso potestativo de reposición, en el plazo
de un mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ceuta, 25 de junio de 2025.- Jefe de Servicio (Industria y Energía), Manuel
Jurado Belmonte.
cve: BOE-B-2025-27399
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250034529-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 176
Miércoles 23 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 42534
técnico facultativo competente, en el que conste que la instalación se ha realizado
de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución
aprobado, así como las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la
materia.
El plazo establecido para la ejecución de la reforma de la instalación será de
doce meses, indicando que si transcurrido dicho plazo, no ha sido emitido el
certificado final de obra y solicitada el acta de puesta en servicio, podrá el
peticionario, por razones justificadas, requerir la prórroga del plazo establecido.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse por los interesados el recurso potestativo de reposición, en el plazo
de un mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ceuta, 25 de junio de 2025.- Jefe de Servicio (Industria y Energía), Manuel
Jurado Belmonte.
cve: BOE-B-2025-27399
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250034529-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X