Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-15296)
Resolución de 19 de junio de 2025, del Instituto Geográfico Nacional, por la que se publica el Convenio entre el Consejo Superior Geográfico y la Comunidad Autónoma de Galicia, por el que se integra en el Sistema Cartográfico Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176
Miércoles 23 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98439
establecido en el Decreto 137/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
en nombre de sus respectivas entidades el presente convenio y al efecto
EXPONEN
Primero.
Que el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema
Cartográfico Nacional, en su artículo 2, apartado 1, establece que el Sistema
Cartográfico Nacional persigue el ejercicio eficaz de las funciones públicas en materia de
información geográfica mediante la coordinación de la actuación de los diferentes
operadores públicos cuyas competencias concurren en este ámbito.
Segundo.
Que en su artículo 3, apartado 2, letra b), dicho real decreto establece que formarán
parte del Sistema Cartográfico Nacional las entidades que tengan atribuidas las
funciones de recogida, almacenamiento, tratamiento o difusión de información geográfica
en la Administración de las Comunidades Autónomas, y las entidades del sector público
autonómico, siempre que manifiesten su voluntad de integrarse en él.
Tercero.
Que en su artículo 3, apartado 5, dicho Real Decreto establece que las
Administraciones autonómicas y locales que soliciten integrarse en el Sistema
Cartográfico Nacional participarán plenamente en él a partir de la suscripción de un
convenio con la Administración General del Estado.
Cuarto.
Que el Consejo Superior Geográfico, conforme a lo previsto en el artículo 31 del Real
Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico
Nacional, es el órgano de dirección del Sistema Cartográfico Nacional, tiene carácter
colegiado, depende del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y ejerce la
función consultiva y de planificación de la información geográfica y la cartografía oficial.
Que la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático a través del Instituto de
Estudios del Territorio de la Comunidad Autónoma ostenta la competencia de
recopilación y tratamiento de la información del territorio gallego, así como la producción
cartográfica para las diferentes consellerías y organismos públicos de la Comunidad
Autónoma de Galicia, especialmente en materia agraria y de desarrollo rural, conforme a
lo previsto en el Decreto 244/2011, de 29 de diciembre, por el que se aprueban los
estatutos del organismo autónomo Instituto de Estudios del Territorio, modificado por el
Decreto 14/2017, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación
de la información geográfica y de la actividad cartográfica de Galicia.
Sexto.
Que la Comunidad Autónoma de Galicia se integró en el año 2010, mediante la
suscripción del correspondiente convenio, en el Sistema Cartográfico Nacional y
extinguido el mismo, tiene interés en mantener su colaboración mediante la suscripción
de un nuevo convenio.
cve: BOE-A-2025-15296
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 176
Miércoles 23 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98439
establecido en el Decreto 137/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
en nombre de sus respectivas entidades el presente convenio y al efecto
EXPONEN
Primero.
Que el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema
Cartográfico Nacional, en su artículo 2, apartado 1, establece que el Sistema
Cartográfico Nacional persigue el ejercicio eficaz de las funciones públicas en materia de
información geográfica mediante la coordinación de la actuación de los diferentes
operadores públicos cuyas competencias concurren en este ámbito.
Segundo.
Que en su artículo 3, apartado 2, letra b), dicho real decreto establece que formarán
parte del Sistema Cartográfico Nacional las entidades que tengan atribuidas las
funciones de recogida, almacenamiento, tratamiento o difusión de información geográfica
en la Administración de las Comunidades Autónomas, y las entidades del sector público
autonómico, siempre que manifiesten su voluntad de integrarse en él.
Tercero.
Que en su artículo 3, apartado 5, dicho Real Decreto establece que las
Administraciones autonómicas y locales que soliciten integrarse en el Sistema
Cartográfico Nacional participarán plenamente en él a partir de la suscripción de un
convenio con la Administración General del Estado.
Cuarto.
Que el Consejo Superior Geográfico, conforme a lo previsto en el artículo 31 del Real
Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico
Nacional, es el órgano de dirección del Sistema Cartográfico Nacional, tiene carácter
colegiado, depende del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y ejerce la
función consultiva y de planificación de la información geográfica y la cartografía oficial.
Que la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático a través del Instituto de
Estudios del Territorio de la Comunidad Autónoma ostenta la competencia de
recopilación y tratamiento de la información del territorio gallego, así como la producción
cartográfica para las diferentes consellerías y organismos públicos de la Comunidad
Autónoma de Galicia, especialmente en materia agraria y de desarrollo rural, conforme a
lo previsto en el Decreto 244/2011, de 29 de diciembre, por el que se aprueban los
estatutos del organismo autónomo Instituto de Estudios del Territorio, modificado por el
Decreto 14/2017, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación
de la información geográfica y de la actividad cartográfica de Galicia.
Sexto.
Que la Comunidad Autónoma de Galicia se integró en el año 2010, mediante la
suscripción del correspondiente convenio, en el Sistema Cartográfico Nacional y
extinguido el mismo, tiene interés en mantener su colaboración mediante la suscripción
de un nuevo convenio.
cve: BOE-A-2025-15296
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.