Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-15216)
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Sistemas Energéticos Urano, SLU, de autorización administrativa previa del parque eólico Sasamón, de 112,2 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Burgos y Palencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175
Martes 22 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98032
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en
la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» y boletín oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado
igualmente los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos
que deben presentar informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 6 de marzo de 2024, se recibe el informe y el expediente de tramitación
del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Palencia.
Con fecha 2 de julio de 2024, se recibe el informe y el expediente de tramitación
del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Burgos,
complementado posteriormente.
Cuarto.
Evaluación de impacto ambiental practicada.
Con fecha 26 de julio de 2024 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 20 de
febrero de 2025, resolución por la que formula declaración de impacto ambiental
desfavorable para el proyecto «Planta eólica Sasamón de 112,3 MW y su infraestructura
de evacuación, en las provincias de Burgos y Palencia», al haberse identificado la
posibilidad de que produzca impactos negativos significativos sobre el medio ambiente
para los que las medidas propuestas no presentan garantía suficiente de su adecuada
prevención, corrección o compensación (en adelante, declaración de impacto ambiental
desfavorable). La citada resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-4495.
Quinto.
Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación
de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación Cillamayor 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 10 de abril de 2025 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio,
escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se comunica la caducidad de los
permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Con fecha de 12 de junio de 2025 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa del proyecto, en el expediente SGIISE/PEol-879, habiéndose
recibido respuesta por su parte, de la cual no se desprende oposición.
cve: BOE-A-2025-15216
Verificable en https://www.boe.es
Sexto. Trámite de audiencia.
Núm. 175
Martes 22 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98032
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en
la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» y boletín oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado
igualmente los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos
que deben presentar informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 6 de marzo de 2024, se recibe el informe y el expediente de tramitación
del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Palencia.
Con fecha 2 de julio de 2024, se recibe el informe y el expediente de tramitación
del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Burgos,
complementado posteriormente.
Cuarto.
Evaluación de impacto ambiental practicada.
Con fecha 26 de julio de 2024 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 20 de
febrero de 2025, resolución por la que formula declaración de impacto ambiental
desfavorable para el proyecto «Planta eólica Sasamón de 112,3 MW y su infraestructura
de evacuación, en las provincias de Burgos y Palencia», al haberse identificado la
posibilidad de que produzca impactos negativos significativos sobre el medio ambiente
para los que las medidas propuestas no presentan garantía suficiente de su adecuada
prevención, corrección o compensación (en adelante, declaración de impacto ambiental
desfavorable). La citada resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-4495.
Quinto.
Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación
de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación Cillamayor 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 10 de abril de 2025 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio,
escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se comunica la caducidad de los
permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Con fecha de 12 de junio de 2025 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa del proyecto, en el expediente SGIISE/PEol-879, habiéndose
recibido respuesta por su parte, de la cual no se desprende oposición.
cve: BOE-A-2025-15216
Verificable en https://www.boe.es
Sexto. Trámite de audiencia.