Comunidad Autónoma de Cataluña. III. Otras disposiciones. Términos municipales. (BOE-A-2025-15227)
Decreto 123/2025, de 17 de junio, por el que se aprueba la alteración de los términos municipales de Vilalba Sasserra, de Vallgorguina, de Santa Maria de Palautordera y de Llinars del Vallès.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Martes 22 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 98081

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
Decreto 123/2025, de 17 de junio, por el que se aprueba la alteración de los
términos municipales de Vilalba Sasserra, de Vallgorguina, de Santa Maria de
Palautordera y de Llinars del Vallès.

El día 9 de febrero de 2023 el Pleno del Ayuntamiento de Vilalba Sasserra acordó
iniciar un expediente de alteración de su término municipal, para modificar el trazado de
las líneas de término comunes a los municipios de Vallgorguina, de Santa Maria de
Palautordera y de Llinars del Vallès, con el fin de adaptarlas a la realidad geográfica
actual, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley
municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003,
de 28 de abril, en relación con el supuesto definido en el artículo 13.1.c.
El expediente se sometió a información pública sin que se presentaran alegaciones y
a informe de los entes locales que no lo habían promovido. El Ayuntamiento de
Vallgorguina, en fecha 23 de octubre de 2023, emitió un informe técnico favorable sobre
el expediente de alteración de los términos municipales. Los ayuntamientos de Santa
Maria de Palautordera y de Llinars del Vallès, el Consejo Comarcal de El Vallès Oriental
y la Diputación de Barcelona, aunque se les solicitó, no emitieron ningún informe sobre la
alteración.
El Ayuntamiento de Vilalba Sasserra, mediante el acuerdo del Pleno de 14 de marzo
de 2024, aprobó la procedencia de la alteración con el cuórum legalmente establecido, y
en fecha 27 de marzo de 2024, en la condición de ente instructor del expediente, envió
una copia al Departamento de la Presidencia.
La Dirección General de Administración Local, en fecha 4 de diciembre de 2024, una
vez examinada la documentación enviada, emitió un informe que declaraba la
procedencia de la alteración de acuerdo con los criterios fijados en el Decreto 244/2007,
de 6 de noviembre, por el que se regula la constitución y demarcación territorial de los
municipios, de las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de
Cataluña.
La Comisión de Delimitación Territorial, en la sesión de 18 de diciembre de 2024,
emitió un informe favorable sobre el expediente.
El 30 de diciembre de 2024 se puso en conocimiento de la Administración del Estado
la tramitación del expediente.
La Comisión Jurídica Asesora, reunida el 10 de abril de 2025, aprobó el Dictamen
sobre la alteración de los términos municipales de Vilalba Sasserra, de Vallgorguina, de
Santa Maria de Palautordera y de Llinars del Vallès donde informa favorablemente el
expediente.
Por todo ello, y teniendo en cuenta que existen consideraciones de orden geográfico,
demográfico, económico o administrativo que hacen necesaria o aconsejable la
alteración de términos;
Visto lo que disponen los artículos 11 a 19 del texto refundido de la Ley municipal y
de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril,
y los artículos 3, 8 y siguientes del Decreto 244/2007;
Conforme a los informes favorables de la Dirección General de Administración Local
y de la Comisión de Delimitación Territorial;
A propuesta del consejero de la Presidencia, de acuerdo con el dictamen de la
Comisión Jurídica Asesora, y previa deliberación del Gobierno, decreto:
1. Aprobar la alteración de los términos municipales de Vilalba Sasserra, de
Vallgorguina, de Santa Maria de Palautordera y de Llinars del Vallès, mediante la

cve: BOE-A-2025-15227
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