Comunidad Autónoma de Cataluña. III. Otras disposiciones. Términos municipales. (BOE-A-2025-15226)
Decreto 122/2025, de 17 de junio, por el que se aprueba la alteración de los términos municipales de Ribera d'Urgellet y de La Vansa i Fórnols.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98079
A propuesta del consejero de la Presidencia, de acuerdo con el dictamen de la
Comisión Jurídica Asesora, y previa deliberación del Gobierno, decreto:
1. Aprobar la alteración de los términos municipales de Ribera d'Urgellet y de La
Vansa i Fórnols, mediante la modificación del trazado de un tramo de la línea de término
y la consiguiente segregación y agregación recíproca de territorio entre estos municipios,
con el fin de adaptarla a la realidad geográfica y administrativa actual.
2. La nueva delimitación entre los términos municipales de Ribera d'Urgellet y de La
Vansa i Fórnols es la que consta en los planos a escala 1:5.000 de las páginas 137 a 139
del expediente administrativo y que, a efectos ilustrativos, se reproduce como anexo a
este Decreto.
3. El Departamento de la Presidencia debe amojonar los términos municipales de
acuerdo con lo que establece el artículo 35 del Decreto 244/2007, de 6 de noviembre,
por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las
entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña.
4. La modificación del límite de los términos municipales no supone ningún cambio
en la titularidad de los bienes, derechos, acciones, usos públicos y aprovechamientos, ni
tampoco de las obligaciones, deudas y cargas, ni del personal de los ayuntamientos
afectados, tal y como acredita la documentación que consta en el expediente.
5. Cada uno de los ayuntamientos afectados debe entregar al otro, mediante una
copia autenticada, los expedientes en trámite que hagan referencia exclusiva a la zona
objeto de la alteración.
Barcelona, 17 de junio de 2025.–El Presidente de la Generalitat de Catalunya,
Salvador Illa i Roca.–El Consejero de la Presidencia, Albert Dalmau Miranda.
cve: BOE-A-2025-15226
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 175
Martes 22 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98079
A propuesta del consejero de la Presidencia, de acuerdo con el dictamen de la
Comisión Jurídica Asesora, y previa deliberación del Gobierno, decreto:
1. Aprobar la alteración de los términos municipales de Ribera d'Urgellet y de La
Vansa i Fórnols, mediante la modificación del trazado de un tramo de la línea de término
y la consiguiente segregación y agregación recíproca de territorio entre estos municipios,
con el fin de adaptarla a la realidad geográfica y administrativa actual.
2. La nueva delimitación entre los términos municipales de Ribera d'Urgellet y de La
Vansa i Fórnols es la que consta en los planos a escala 1:5.000 de las páginas 137 a 139
del expediente administrativo y que, a efectos ilustrativos, se reproduce como anexo a
este Decreto.
3. El Departamento de la Presidencia debe amojonar los términos municipales de
acuerdo con lo que establece el artículo 35 del Decreto 244/2007, de 6 de noviembre,
por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las
entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña.
4. La modificación del límite de los términos municipales no supone ningún cambio
en la titularidad de los bienes, derechos, acciones, usos públicos y aprovechamientos, ni
tampoco de las obligaciones, deudas y cargas, ni del personal de los ayuntamientos
afectados, tal y como acredita la documentación que consta en el expediente.
5. Cada uno de los ayuntamientos afectados debe entregar al otro, mediante una
copia autenticada, los expedientes en trámite que hagan referencia exclusiva a la zona
objeto de la alteración.
Barcelona, 17 de junio de 2025.–El Presidente de la Generalitat de Catalunya,
Salvador Illa i Roca.–El Consejero de la Presidencia, Albert Dalmau Miranda.
cve: BOE-A-2025-15226
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 175