Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15112)
Resolución de 15 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Catral, en materia de seguridad.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174
Lunes 21 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 97417
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
15112
Resolución de 15 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el
Ayuntamiento de Catral, en materia de seguridad.
Habiéndose suscrito el 11 de julio de 2025 el Convenio entre la Secretaría de Estado
de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Catral
(Alicante) en materia de seguridad, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 15 de julio de 2025.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la
Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Catral (Alicante) en materia de seguridad
En Madrid, a 11 de julio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, doña Ana María Calvo Sastre, Secretaria de Estado de Seguridad,
cargo para el que fue nombrada por el Real Decreto 435/2025, de 3 de junio, en uso de
las atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de otra parte, don Joaquín Lucas Ferrández, Alcalde del Ayuntamiento de Catral
(Alicante) (en adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de
fecha 17 de junio de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de
las atribuciones que le confiere el artículo 21.a) y b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
convenio en plaza de España 1 de Catral (Alicante).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1. 29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, la
Secretaría de Estado de Seguridad.
Por otro lado, a la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad, según el
artículo 2.1 del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla su
estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, modificado por el 353/2025, de 30
de abril, corresponde el ejercicio de las funciones a las que se refiere el artículo 62 de la
cve: BOE-A-2025-15112
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 174
Lunes 21 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 97417
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
15112
Resolución de 15 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el
Ayuntamiento de Catral, en materia de seguridad.
Habiéndose suscrito el 11 de julio de 2025 el Convenio entre la Secretaría de Estado
de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Catral
(Alicante) en materia de seguridad, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 15 de julio de 2025.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la
Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Catral (Alicante) en materia de seguridad
En Madrid, a 11 de julio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, doña Ana María Calvo Sastre, Secretaria de Estado de Seguridad,
cargo para el que fue nombrada por el Real Decreto 435/2025, de 3 de junio, en uso de
las atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de otra parte, don Joaquín Lucas Ferrández, Alcalde del Ayuntamiento de Catral
(Alicante) (en adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de
fecha 17 de junio de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de
las atribuciones que le confiere el artículo 21.a) y b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
convenio en plaza de España 1 de Catral (Alicante).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1. 29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, la
Secretaría de Estado de Seguridad.
Por otro lado, a la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad, según el
artículo 2.1 del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla su
estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, modificado por el 353/2025, de 30
de abril, corresponde el ejercicio de las funciones a las que se refiere el artículo 62 de la
cve: BOE-A-2025-15112
Verificable en https://www.boe.es
Primero.