Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15131)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Asociación Profesional de Directivos de la Comunicación, para colaborar en la realización del encuentro «Retos de la democracia ante la desinformación».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Lunes 21 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 97544

IV. En el caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por alguna de las
partes, la parte que detectara dicho incumplimiento podrá notificar a la parte
incumplidora un requerimiento para que en el plazo de quince días naturales cumpla con
las obligaciones o compromisos incumplidos. Este requerimiento será comunicado a los
responsables del seguimiento, vigilancia y control del convenio. Si transcurrido dicho
plazo persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la incumplidora la
concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio, con eficacia
desde la comunicación de dicha resolución al Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
V. En caso de extinción del convenio, tanto por cumplimiento como por resolución,
se procederá a la liquidación de los compromisos financieros de conformidad con lo
recogido en las cláusulas segunda y tercera y lo establecido en el artículo 52 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Décima.

Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier
desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del
presente convenio a través de los responsables del seguimiento, vigilancia y control del
convenio. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio
judicial, la jurisdicción competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la
jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en las fechas que se
indican en cada una de las firmas, tomándose como fecha de perfeccionamiento del
convenio la del último firmante.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo,
O. A., Carlos Andradas Heranz, 11 de julio de 2025.–Por La Asociación Profesional de
Directivos de Comunicación, Miguel López-Quesada, 11 de julio de 2025.
ANEXO
Presupuesto
Gastos gestionados por la UIMP

Presupuesto gastos gestionados por la UIMP
Concepto

I. Honorarios (1).

Unid.

Descripción

Gestión
Coste
Unitario

Total

Dirección.

450,00

0,00

Secretaría.

300,00

0,00

Ponencias.

350,00

1.050,00

13

Mesa redonda.

150,00

1.950,00

4

Comunicación.

150,00

600,00

3

Total I
(1) Director y secretario académico no cobran honorarios.

3.600,00

Costes indirectos
Medios propios o contratos
generales de funcionamiento

Gasto nacido del
presente convenio

X

cve: BOE-A-2025-15131
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A.