Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Sanidad animal. (BOE-A-2025-15122)
Resolución de 11 de julio de 2025, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal, por la que se publica el indicador de referencia nacional previsto en el Real Decreto 992/2022, de 29 de noviembre, por el que se establece el marco de actuación para un uso sostenible de antibióticos en especies de interés ganadero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174
Lunes 21 de julio de 2025
Especie
Sec. III. Pág. 97492
Indicador de referencia
nacional a publicar
en julio de 2025
Clasificación Zootécnica
Gallinas, producción mixta (aquellas explotaciones que tienen más de una clasificación zootécnica).
300
Gallinas, producción de huevos mixto.
120
Gallinas, producción de huevos en jaula.
55
Gallinas, explotaciones de producción de carne.
60
Gallinas, recría (explotaciones de cría para carne y huevos).
60
Gallinas, reproductoras (explotaciones de selección y multiplicación para carne y huevos).
Avicultura.
Conejos.
130
Pavos, explotaciones de producción de carne.
60
Pavos, producción mixta (aquellas explotaciones que tienen mas de una clasificación zootécnica).
30
Pavos, recría (explotaciones para cría de carne y cría para huevos).
20
Pavos, reproductoras (explotaciones de selección y multiplicación para carne y huevos).
50
Patos, explotaciones de producción de carne.
50
Patos, reproductoras (explotaciones de selección y multiplicación).
40
Otras aves, producción de carne.
145
Producción de gazapos para carne. Producción para caza de repoblación.
600
Multiplicación y selección.
2.100
Otras.
2.100
Animales acuáticos. Clasificación única.
Équidos.
150
Clasificación única.
40
La presente resolución no agota la vía administrativa, y contra ella podrá recurrirse,
en alzada, ante la Sra. Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad
Alimentaria, en el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en
que tenga lugar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo
establecido en los artículos 121 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Esta resolución producirá efectos a los tres meses de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-15122
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de julio de 2025.–El Director General de Sanidad de la Producción
Agroalimentaria y Bienestar Animal, Valentín Almansa de Lara.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 174
Lunes 21 de julio de 2025
Especie
Sec. III. Pág. 97492
Indicador de referencia
nacional a publicar
en julio de 2025
Clasificación Zootécnica
Gallinas, producción mixta (aquellas explotaciones que tienen más de una clasificación zootécnica).
300
Gallinas, producción de huevos mixto.
120
Gallinas, producción de huevos en jaula.
55
Gallinas, explotaciones de producción de carne.
60
Gallinas, recría (explotaciones de cría para carne y huevos).
60
Gallinas, reproductoras (explotaciones de selección y multiplicación para carne y huevos).
Avicultura.
Conejos.
130
Pavos, explotaciones de producción de carne.
60
Pavos, producción mixta (aquellas explotaciones que tienen mas de una clasificación zootécnica).
30
Pavos, recría (explotaciones para cría de carne y cría para huevos).
20
Pavos, reproductoras (explotaciones de selección y multiplicación para carne y huevos).
50
Patos, explotaciones de producción de carne.
50
Patos, reproductoras (explotaciones de selección y multiplicación).
40
Otras aves, producción de carne.
145
Producción de gazapos para carne. Producción para caza de repoblación.
600
Multiplicación y selección.
2.100
Otras.
2.100
Animales acuáticos. Clasificación única.
Équidos.
150
Clasificación única.
40
La presente resolución no agota la vía administrativa, y contra ella podrá recurrirse,
en alzada, ante la Sra. Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad
Alimentaria, en el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en
que tenga lugar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo
establecido en los artículos 121 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Esta resolución producirá efectos a los tres meses de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-15122
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de julio de 2025.–El Director General de Sanidad de la Producción
Agroalimentaria y Bienestar Animal, Valentín Almansa de Lara.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X