Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15130)
Resolución de 10 de julio de 2025 de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Carolina, para colaborar en la realización de un seminario titulado «Tecnologías digitales y democracia: respuestas euro-latinoamericanas».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Lunes 21 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 97535

ii. La UIMP ha incluido este encuentro dentro de su convocatoria general de becas
para el conjunto de su programación, para promover la asistencia al mismo, según su
normativa en esta materia y la legislación que le es aplicable como organismo público.
La UIMP será la única responsable de la convocatoria, selección y adjudicación de
dichas becas.
iii. La UIMP mantendrá indemne al Fundación Carolina de cualquier reclamación
que se pueda recibir en relación con el seminario en lo que se refiere a la gestión que la
propia UIMP realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado,
alumnado, empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse
afectada.
III.

Compromiso económico.

i. Compromiso de gestión. Para la realización de las actuaciones señaladas en el
apartado II.i de esta cláusula, la UIMP asume un compromiso económico máximo de
gestión de veintiún mil ciento cincuenta euros (21.150,00 euros).
El total de dicha cantidad corresponde a los costes generales de funcionamiento de
servicios e infraestructuras para el conjunto de la programación de verano en Santander
que se repercuten a este seminario (difusión general, programa, cuadernos, carpetas y
otros materiales y gastos de infraestructura de mantenimiento y limpieza de locales,
vigilancia y personal). Por tanto, no es preciso aprobar un gasto específico adicional por
estos conceptos vinculado a este convenio.
ii. Aportación en especie. Dado que la Fundación Carolina no realiza ninguna
aportación dineraria a la UIMP para contribuir a sus gastos, la aportación en especie de
la UIMP coincide con el importe de su compromiso máximo de gestión indicado en el
punto i de este apartado, por lo que será de un máximo de 21.150,00 euros.
iii. Aportación dineraria. La UIMP no realizará ninguna aportación dineraria a la
Fundación Carolina en concepto de colaboración para contribuir a los gastos que la
Fundación gestiona para la organización y celebración del seminario.

I. En todos los medios y soportes que se utilicen para la promoción y difusión del
seminario se destacará la colaboración de Fundación Carolina con la UIMP, respetando
en todo caso los logotipos y las directrices de imagen externa que se faciliten con este
fin.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el seminario en ejecución de este convenio, así como
de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso de los
profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores podrán
transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los derechos
patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución, comunicación
pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se formaliza por
escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el tiempo y el
ámbito territorial. En todo caso las partes se comprometen al cumplimiento de la
legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. En el caso de que en el futuro alguna de las partes tuviese interés en realizar
publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del seminario
deberá previamente comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás
permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc.).
En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del
seminario, fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes
firmantes en su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una dellas
estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la otra parte, salvo
que se acuerde otra cosa mediante el correspondiente convenio. La parte editora enviará
a la otra un mínimo de 3 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.

cve: BOE-A-2025-15130
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Visibilidad de la colaboración. Titularidad de los resultados. Publicaciones.